Sentencia Nº 2717/2 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia2717/2
Año2017
Fecha29 Marzo 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 12/17 P.A. - Sala "B": En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de la Pampa, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecisiete, se reúnen los Jueces de la Sala "B" del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los Jueces P.T.B. y F.B.R., asistidos por la Secretaría M.E.G., a los efectos de resolver el recurso de impugnación interpuesto en el legajo n° 2717/2 caratulado "L.G.D. S/ Recurso de Impugnación" y del que,

RESULTA: Que el Juez de la Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial de esta Provincia en el ejercicio de la jurisdicción unipersonal -A.A.O.-, condenó a G.D.L. como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, como delito continuado (artículos 119, primer párrafo, primer supuesto y 55 contrario sensu del Código penal) a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional (artículo 26 del Código Penal), sin costas (artículos 355, 474 y 475 del C.de P.P.).

Que, contra dicha sentencia la defensa oficial del condenado L. -Abogado E.J.T.- interpone recurso de impugnación de conformidad a lo dispuesto en los incisos 1° y 3° del artículo 400 del C.P.P. entendiendo que la sentencia condenatoria arriba a ese veredicto fundando su posición tan sólo en los dichos de la denunciante, soslayando la prueba aportada y producida en el contradictorio, sin asignarle siquiera un mínimo valor probatorio, en desmedro de la defensa de D.G. L..

Alega el recurrente que, en el transcurso del debate se produjeron declaraciones testimoniales que resultan directamente encontrados y opuestas a los dichos de la denunciante y de las expresiones de la niña en Cámara Gesell.

Del contenido de los testimonios aportados por Z. y V.. se desprende que la menor víctima estuvo a solas con L., brindado esto un elemento incriminante, ya que según la sentencia el condenado se aprovechó de esas circunstancias para someter sexualmente a la niña; describiendo el recurrente algunos pasajes de los contenidos de los relatos de los testigos mencionados, a los que me remito en honor a la brevedad.

Además, afirma que los dos hechos endilgados a L. habrían sucedido en pleno día y a la vista de cualquier vecino, sin embargo nadie los vio. Respecto del hecho que se sitúa en la hamaca, ubicada ésta en el patio de una vivienda, a la vista de la propia denunciante o de terceros, resulta poco creíble -conforme a lo expresado por la defensa en el escrito que le diera inicio al trámite del presente recurso- que haya actuado sometiendo a la niña.

A igual conclusión arriba respecto al hecho sucedido en el parque público detrás de una estatua.

Referido al hecho individualizado como segundo, el recurrente advierte que el a...

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