Sentencia Nº 2557/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013

Número de sentencia2557/1
Año2013
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
TIP-13-2557.1-30.12 INVESTIGACION FISCAL PREPARATORIA – Plazos procesales [] 1 [Respecto al plazo –previsto en el Art. 274 del C.P.Penal- en que debe practicarse la Investigación F. Preparatoria] Si bien es cierto que existe consenso en cuanto a que el derecho a una rápida decisión judicial constituye uno de los derechos implícitos dispuestos por nuestra Carta Magna, y que la dilatación de los tiempos de los procesos penales no pueden tornarse "irrazonables", no menos cierto es que "el plazo razonable" debe ser valorado en cada caso concreto y analizando detenidamente las particularidades y las razones que hayan llevado a su dilatación en el tiempo y a las circunstancias concreta del caso sujeto a decisión. (Dr. Flores) MARCHISIO, M.M. s/ impugna rechazo de sobreseimiento –30.12.2013—legajo 2557/1 [TIP] (Flores-Balaguer) SOBRESEIMIENTO- Carácter: auto que pone fin a la acción [] 2 El sobreseimiento cierra definitiva e irrevocablemente el proceso con relación al imputado, "por ello, reclama la existencia de certeza acerca de la ausencia de responsabilidad" (DAlbora, F. "Código Procesal Penal de la Nación. Anotado. Comentado. Concordado", Octava edición corregida, ampliada y actualizada por N.F.D., A.P., Buenos Aires, 2009, pág. 587). En consecuencia, para proceder a cerrar definitiva e irremediablemente el proceso respecto de un individuo, mediante el dictado del sobreseimiento, tiene que haberse acreditado, indefectiblemente, su total ajenidad en los hechos investigados. (Dr. Flores) MARCHISIO, M.M. s/ impugna rechazo de sobreseimiento –30.12.2013—legajo 2557/1 [TIP] (Flores-Balaguer) SOBRESEIMIENTO- Causales: sistema riguroso para acceder a su dictado. [] 3. "La ley adopta un sistema riguroso para acceder al dictado del sobreseimiento puesto que limita su adopción a las causales que regula el art. 336 de la ley formal; es decir que si no se advierte en el curso del proceso la existencia de alguna de ellas resulta imposible apontocar el sobreseimiento" ("Código Procesal Penal de la Nación. Comentado y anotado", M.A., Director, Ed. La Ley, pág. 768). (Dr. Flores) MARCHISIO, M.M. s/ impugna rechazo de sobreseimiento –30.12.2013—legajo 2557/1 [TIP] (Flores-Balaguer) INVESTIGACION FISCAL PREPARATORIA – Plazos procesales. [] 4. [Respecto al plazo en que debe practicarse la Investigación F. Preparatoria, el Tribunal de Impugnación Penal] ... tiene dicho que "el plazo previsto en el art. 274 debe comenzar a computarse desde el momento que se produce la...

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