Sentencia Nº 24573/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2014

Año2014
Número de sentencia24573/1
Fecha14 Febrero 2014
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
TIP-14-24573.1-14.02 RESOLUCIÓN EN PLENO N 1/14: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los catorce días del mes de febrero de dos mil catorce, se reúne en pleno el Tribunal de Impugnación Penal, integrado por el señor J.C.A.F. y la señora J.V.E.F., a los efectos de resolver el recurso de reposición interpuesto por la querellante particular A.M.A.J. con el patrocinio letrado del abogado N.R., contra lo resuelto por el Presidente del Tribunal, J.F.B.R. el 12 de diciembre de 2013, en el presente legajo 24573/1, caratulado: "Dr. Nicolás R. S/ Recurso de Apelación ", del que RESULTA: Que la querellante particular interpuso recurso de apelación contra la resolución del Juez de Control que dispuso sustituir la prisión preventiva de K.J.M. por una prohibición absoluta de acercamiento y contacto a no menos de 300 metros de la persona de A.M.A.J. y del menor C.M., bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de hacerse efectiva la prisión preventiva Que, por Presidencia, con fecha 12 de diciembre próximo pasado, se rechazó in limine el remedio procesal interpuesto por resultar formalmente improcedente (arts. 424 en relación con el art. 251 in fine y 390, todos del C.P.P.) Contra esta decisión de Presidencia, la querellante particular con el patrocinio letrado del abogado N.R. interpuso recurso de reposición, solicitando que el Tribunal se expida a favor de la admisibilidad del recurso de apelación oportunamente interpuesto y, en consecuencia, se modifique la resolución del Juez de Control que sustituye la prisión preventiva por la restricción de acercamiento y comunicación y se ordene la prisión preventiva del acusado hasta la finalización del proceso El recurrente centra su agravio en considerar que la ley procesal penal vigente, denominada por la doctrina como acusatorio adversarial, implica una revalorización de la víctima y tiende a una mayor participación de la misma en el proceso. Alega que el Juez de Control sustituyó la prisión preventiva de Kebel Montaña por una restricción de acercamiento y contacto desprotegiendo a la víctima, por lo que se interpone recurso de apelación con el único objeto de lograr su protección, para que el acusado no entorpezca el proceso por sí o por terceras personas y dicho recurso se niega con el solo criterio formalista y legalista de que no existe una norma que lo contemple. Agrega que la Presidencia del Tribunal citó erróneamente el art. 251 que establece la forma y requisitos para el dictado...

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