Sentencia Nº 22611/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Fecha05 Mayo 2017
Número de sentencia22611/1
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO Nº 103/2017 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, se constituye el Juez de Audiencia, D.A.S.Z. a efectos de dictar sentencia en el expediente Nº 22611 caratulado: "GIMENEZ, A.L. s/ lesiones leves calificadas por el vínculo”; seguido contra el mencionado A.L.G., argentino, soltero, comerciante, instruído, D.N.I. Nº 22.701.444, nacido el 02/08/1972 en esta ciudad, hijo de U.O. y de M.N.L., con domicilio en calle O.4. de esta ciudad y que no registra antedentes penales, y;

RESULTANDO: Que conforme surge del legajo en cuestión, el Ministerio Público Fiscal representado por el señor F.O.A.C., R.F. por la Defensa y el imputado A.L.G. presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu del imputado de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado y la pena acordada.

En la presente audiencia se dejó constancia de la voluntad de la víctima de autos, quien tomo contacto con la fiscalía y manifestó su conformidad en cuanto al resultado de este acuerdo.

CONSIDERANDO: Que conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, tengo fijado los hechos de la siguiente manera: El día 03/09/2013, a horas 14,00,en el domicilio sito en calle A.4., departamento B de esta ciudad, lugar en el que convivían el acusado y E.W.C., el primero le propinó un golpe en el mentón y luego tomó del cuello a W.C.. Luego el día 05/09/2013, a horas 4,00, en momentos en que ambos se encontraban en una habitación del mismo domicilio, el acusado sujetó W.C. fuertemente de los brazos, retorciéndoselos, para luego aplicarle con su mano un golpe de revés en su ojo derecho.

Como evidencias para fijar el hecho cuento con los siguientes elementos que han sido convenidos por las partes: Acta de denuncia de fecha 09 de setiembre de 2014, Fotografías de la damnificada a fs. 06, Informe de la Unidad Funcional de género del área de la mujer de la policía provincial, Informe del médico policial de fecha 10 de setiembre de 2013, Informe de la Oficina de Atención a la Victima y al testigo de fecha 01 de octubre de 2013, Informe de la Dirección de políticas de Género de la Municipalidad de Santa Rosa de fecha 13 de diciembre de 2013, Informe de la Dirección de...

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