Sentecia definitiva Nº 225 de Secretaría Penal STJ N2, 07-09-2017

Número de sentencia225
Fecha07 Septiembre 2017
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 7 de septiembre de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “LLANQUILEO, L.D. s/ Robo agravado s/Casación” (Expte.Nº 28571/16 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 304/312 vta., concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, Mediante Sentencia Nº 22, del 22 de febrero del corriente, este Superior Tribunal de Justicia declaró mal concedido el recurso de casación incoado por la señora Defensora Penal doctora C.D. y, consecuentemente, confirmó la Sentencia Nº 28/16 de la Cámara Tercera en lo Criminal de la IIª Circunscripción Judicial que, en lo pertinente, había desestimado la nulidad planteada por esa parte respecto de la declaración indagatoria de fs. 55 y los actos consecuentes (arts. 147, 148 y sgtes. C.P.P.) y había condenado a L.D.L., en orden al delito de robo calificado por el uso de arma (art. 166 inc. 2º C.P.) en calidad de autor (art. 45 C.P.), a la pena de cinco años de prisión.
Contra lo decidido la Defensa deduce recurso extraordinario federal (fs. 304/312 vta,), que la señora Defensora General sostiene a fs. 314/319, por lo que se corre traslado a la F.ía General por el término de ley (art. 257 Ley 22434), cuyo titular contesta a fs. 330/335 vta.
2. Que la recurrente plantea que la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro es arbitraria puesto que ha prescindido de las argumentaciones casatorias y, por lo tanto, no satisface las exigencias de un acto jurisdiccional válido, en tanto contiene vicios de fundamentación que conculcan la garantía de la defensa en juicio y el debido proceso legal, establecidos en el art.18 de la Constitución Nacional.
Entiende además que el pronunciamiento de la Cámara en lo Criminal ha vulnerado el principio de congruencia, dado que no mantuvo la inmutabilidad del núcleo fáctico, situación agravada con su confirmación, que afecta el derecho a la doble instancia judicial.
Por lo expuesto solicita que se conceda el recurso impetrado y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación acoja los agravios explicitados, deje sin efecto la sentencia impugnada, declare su nulidad por violación de los principios constitucionales citados y ordene el dictado de un nuevo fallo conforme a derecho.
/// 3. Que la señora Defensora General considera que el recurso se ajusta a derecho y añade que la resolución que no admitió la casación de la Defensa de señor L. configura cuestión federal suficiente en la medida en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR