Sentencia Nº 22252 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021

Fecha15 Diciembre 2021
Año2021
Número de sentencia22252
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 15 días del mes de diciembre de 2021, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "Tecno Wifi SRL c/Municipalidad de S.I. s/ MEDIDA CAUTELAR" (Expte. Nº 152660 - Nº 22252 r.C.A.) venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, L. y de Minería Nº 3 de la Ira. Circunscripción Judicial, estableciéndose por sorteo el siguiente orden de votación: 1º) Dra. C.M.G.; 2º) Dra. F.B.B..

La Dra. G.,dijo:

La accionante Tecno Wifi SRL (prestadora del servicio de internet) solicitó en autos medida cautelar en los términos de los arts.187 y 222 CPCC contra la Municipalidad de S.I.(.L.P.) a efectos de impedir que se torne de imposible cumplimiento la sentencia a dictarse, en el proceso principal (por incumplimiento contractual) que oportunamente iniciará.

A tal efecto peticionó medida de no innovar respecto de las condiciones contractuales suscriptas en el “Contrato de Cesión” celebrado el día 10 de febrero de 2021 con la mencionada Municipalidad. Ello, con fundamento en la rescisión unilateral que comunicó el citado municipio respecto del referido contrato.

Explicó que mediante la Ordenanza Nº 20/2020, emitida por el Concejo Deliberante de la citada localidad, de fecha 10 de noviembre de 2020, se autorizó al Poder Ejecutivo Municipal, a firmar un convenio de cesión de uso equipos y antenas de la municipalidad para la distribución de internet, a la empresa que, por sus antecedentes considere conveniente.

En base a lo prescripto en dicha ordenanza, se suscribió el contrato por el que dicho municipio cedió a la empresa Tecno Wifi SRL -proveedora autorizada a prestar el servicio de internet, mediante Resolución Nº 1374/2018 del ENACOM-, el uso de dos torres y la totalidad del equipamiento con el que contaba la municipalidad.

Por carta documento -notificada el día 12/10/2021-, la Municipalidad de S.I. comunicó a Tecno Wifi SRL, la rescisión unilateral del contrato a partir del día 31/10/2021, por incumplimiento de las condiciones pactadas.

Por tal razón, la actora, interpuso incidente de medida cautelar, y solicitó que se ordene a la municipalidad se abstenga de “desconectar” y “tomar por su cuenta” el equipamiento cedido a Tecno Wifi SRL para prestar el servicio público de...

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