Sentencia Nº 22/13 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013

Fecha29 Octubre 2013
Número de sentencia22/13
Año2013
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
TIP-13-22.13-29.10 S.R., 29 de octubre de 2013 AUTOS Y VISTOS: El presente incidente Nº22/13 (registro de este Tribunal), caratulado: "Dr. B. s/ Recurso de queja en causa nº 167/11", relacionada con la causa principal nº167/11, caratulada: "P, R G s/ Homicidio simple en grado de tentativa, agravado por la utilización de un arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización", del que RESULTA: Que a fs.342/345 de la causa principal el señor defensor particular G.C.B., ofrece prueba en los términos del art.326 del C.P.P. ( texto según ley 332) Que a fs.447/448 el Tribunal de Juicio no hace lugar a la prueba ofrecida por la defensa, en lo que hace a la oposición a los testigos del punto I por infundada; nuevo perito de parte y reconstrucción del hecho por superabundante, y citación de dicho perito como testigo por impertinente (art.328 del C.P.P.- texto según ley 332) (punto cuarto) Que a fs.460/461 vta. el señor defensor particular plantea contra dicha resolución, reposición con apelación en subsidio. Que a fs.470/471 la Cámara en lo Criminal Nº 1 de esta ciudad no hace lugar al recurso de reposición (punto primero) y no hace lugar a la apelación interpuesta en forma subsidiaria (art.422 y cc. del C.P.P.- texto según ley 332) (punto segundo). Que a fs.1/2 del presente incidente el señor defensor particular G.C.B., interpone contra la denegatoria del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria, recurso de queja, y: CONSIDERANDO: Habiendo sido presentado el recurso dentro del término establecido en el art. 448 del C.P.P., corresponde ingresar al tratamiento de la cuestión planteada. Que el Tribunal a-quo rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa en forma subsidiaria por no resultar procedente este agravio en virtud de las disposiciones del art.422 y cc. del C.P.P. (texto según ley 332). De acuerdo a las constancias obrantes en la causa principal la misma se encuentra en etapa de juicio, por lo que el recurso de apelación interpuesto por la defensa no resulta procedente de acuerdo a lo establecido expresamente en el art.413 del C.P.P. (texto según ley 332). Los fundamentos vertidos...

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