Sentecia definitiva Nº 213 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 15-05-2017

Fecha15 Mayo 2017
Número de sentencia213
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 15 de mayo de 2017.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “COLEGIO NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (art..4 Ordenaza Nº 2438-CM-13 MSCB)" (Expte.N°27857/15-STJ-), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Sergio M. BAROTTO dijo:
Que a fs.246 las doctoras Agueda Carla Orticelli y María Olmedo Murua solicitan se les regulen sus honorarios por su actuación en la presente causa.
Que mediante sentencia nº 137, de fecha 10.11.16, obrante a fs. 236/237 y vta. este Cuerpo resolvió declarar que la acción de inconstitucionalidad planteada en autos ha devenido abstracta, con costas en el orden causado.
A los fines de la regulación de honorarios solicitada corresponde tener en cuenta que el presente juicio resulta de monto indeterminado, asimismo el modo de culminación del proceso y la forma en que se han impuesto las costas.
Expuesto lo anterior, corresponde entonces fijar prudencialmente la retribución de las profesionales peticionantes, habiendo actuado en calidad de apoderada la doctora Agueda Carla Orticelli y como patrocinante la doctora María Olmedo Murua, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto en los arts. 6, incs. b, c, d, f; 9 y ccdtes. de la ley de Aranceles G Nº 2212.
Por ello propicio regular los honorarios profesionales de las doctoras Carla Orticelli y...

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