Sentencia Nº 20671 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha06 Septiembre 2018
Número de sentencia20671
Año2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 6 días del mes de septiembre de 2018, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver en los autos caratulados: "FERNANDEZ, S.E. s/ Incidente (E/A:D.J.H. c/ GOBIERNO de LA PAMPA s/ Amparo (Expte. Nº 130615/18)" (Expte. Nº 20671/18 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, L., Comercial y Minería Nº 1 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo:
I.- El Dr. A.A., en su carácter de juez sustituto a cargo del Juzgado de Primera Instancia N° 3 de esta Circunscripción Judicial, en base a lo normado por los arts. 17 inc. 3) y 30 del CPCC, se excusa de intervenir en el Expte. Nº130615 caratulado: "DIAZ, J.H. c/ Gobierno de La Provincia de La Pampa s/ Amparo".
Invoca en sustento de tal proceder que "se encuentra actualmente también incluido en el listado del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), sistema -implementado por Res. G. 26/2015 DGR- cuya inconstitucionalidad discute la actora de autos." (fs.16).
Remitidos los autos al Juzgado de Primera Instancia N° 1, su titular la Dra. F. por los fundamentos que expone a fs.31/35, considera que la normativa legal aducida no resulta aplicable a las circunstancias esgrimidas por el Magistrado, por lo que no acepta la excusación; lo que motiva la elevación a esta Cámara para dirimir la contienda.
Analizado el conflicto suscitado entre los magistrados intervinientes, se concluye en la procedencia de la excusación planteada.
El Sr. Juez cita en el caso puntual el art .17 inc. 3 del CPCC, que establece: "Tener el juez,..., interés en el juicio o en otros semejantes", ello en razón de encontrarse en la misma situación que el accionante "ya que la decisión que eventualmente adopte sobre el punto puede considerarse un precedente en la situación particular..., pudiendo llegar a cuestionarse la imparcialidad, o incluso el interés, que el suscripto pueda tener en el resultado del pleito ".
En tal sentido se ha dicho que ese interés puede ser directo o indirecto, según que el...

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