Sentencia Nº 20562-5/14 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2014

Año2014
Número de sentencia20562-5/14
Fecha16 Julio 2014
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
Santa Rosa, 16 de julio de 2014 AUTOS Y VISTOS El presente Legajo N 20562-5/14 -registro de este Tribunal-, caratulado: "R., C.I. s/ Impugna rechazo Libertad Condicional, del que RESULTA Que con fecha 10 de enero del corriente año, C.I.R., solicita al señor Juez de Ejecución Penal de esta ciudad, el otorgamiento de los beneficios de la Libertad Condicional (Art.13 del C.Penal). Que con fecha 5 de febrero de 2014, obra informe de la Oficina Judicial de esta ciudad, de la que surge que C.I.R. fue condenado por sentencia N 103/13 del Juzgado de Control N 2 de esta ciudad, en fecha 18 de septiembre de 2013, a la Pena Unica de Tres Años de prisión, por el delito de Robo Simple en grado de Tentativa (arts. 164 y 42 del C.Penal). De acuerdo al cómputo de pena practicado, el nombrado cumplió el día 3 de marzo de 2014, el tiempo de prisión exigido por el art.13 del C.Penal. Con fecha 31 de marzo del corriente año.se efectúa el "Informe Psico Social", efectuado por los L.C. y Mercado en relación a las entrevistas efectuadas a C.R. y a la madre del nombrado L.S.R. en sede judicial y en el domicilio de la nombrada, como así también una articulación con el Programa Guadalupe y un intercambio de información con la Subsecretaría de Salud Mental y el Abordaje de Adicciones, efectuando las siguientes conclusiones: a) tanto en lo personal como en el ámbito socio-familiar, aspectos significativamente vulnerables que predominan sobre los recursos con los que cuenta el joven y su contexto; b) la existencia de una estrecha relación entre su problemática de adicción y la conducta asumida en su lugar de alojamiento, siendo esta última determinada por la primera; c) en función de dicha valoración, el equipo técnico considera dudoso el inicio del proceso de reinserción social en la actualidad. y d) teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, sería indispensable efectivizar un tratamiento para el abordaje de su problemática según lo que indiquen los profesionales intervinientes.
Que obra un informe producido por el señor J. de Alcaidía UR-I dirigida al señor Juez de Ejecución de fecha 14 de marzo de 2014, del que surge que que fue encontrada en poder de R., un envoltorio con sustancia vegetal ("marihuana"), habiendo sido visitado por la hermana y su madre. Que con fecha 20 de marzo de 2014, el señor J. de Alcaidía UR-1, informa al señor Juez de Ejecución, el intento de quitarse la vida de parte del interno R.. colgándose con una sabana en el cuello, siendo trasladado al área...

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