Sentencia Nº 20084/17 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha12 Abril 2018
Año2018
Número de sentencia20084/17
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los doce días del mes de abril de 2018, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "LANGLOIS E.F.C.M.T.I. y otros S/ Ordinario (Posesión Veinteañal)" (Expte. Nº 20084/17 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, L. y de Minería Nº 1 de la IIIra. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 CPCC), la SALA, dijo:


I.- Mediante la sentencia de fs. 122/125 se rechaza la demanda de pres- cripción adquisitiva interpuesta por E.F.L. contra J.R., F., Eufimia y V.V., A.P., T.I.M., H.R. y M.E.D., se imponen las costas al actor y se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes.
Los argumentos centrales del sentenciante son que la prueba testimonial por sí sola es insuficiente para acreditar el comportamiento señorial sobre el inmueble durante el tiempo y condiciones legales exigibles; que asimismo el pa- go de impuestos cuando es simultánea y referida a impuestos atrasados es só- lo la exteriorización del ánimus habilitando a considerar desde tal fecha la exis- tencia del mismo. Por último expresa que el actor no acreditó la posesión por el plazo de 20 años exigidos por la ley, que la cadena de cesiones de derechos posesorios que se inicia con la compra del inmueble por parte del Sr. A.B. en junio de 1979 y recibe la posesión, que luego se cediera suce- sivamente a la Sra. GOLINI, al Sr. ALZUGARAY y por último éste al actor el 02/06/2010, sin embargo dichas circunstancias no se verifican con la prueba in- corporada en autos, ya que no se encuentra probado en el expediente que este último tuviera la posesión.
Apela el actor quien expresa agravios a fs. 136/138.
II.- Al fundar su recurso sostiene que existen elementos que no han sido merituados por el sentenciante, que van mas allá de las declaraciones testi- moniales y el pago de impuestos. Afirma que por boleto de compraventa de fs. 17 y vta. los titulares registrales se desprenden de la posesión que transfieren al Sr. A.B., quien declara a fs. 94 y vta., ratifica los términos del con- trato y haber tomado la posesión hasta su posterior venta, que asimismo el Sr. H.R.D. quien fue debidamente notificado de la acción manifiesta desinterés en el asunto y no se presenta.
Afirman que el único que pagó impuestos y tasas municipales fue el ac- tor, que asimismo es...

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