Sentencia Nº 19408/16 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia19408/16
Año2017
Fecha26 Abril 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 26 días del mes de abril de 2017, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "ARCURI, P.E.c./.R. y BENGOLEA, R. y Otros S/ Prescripción Adquisitiva" (Expte. Nº 19408/16 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, L. y de Minería Nº 1 de la IIIra. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo:

Sentencia de fs. 127/129: Llegan las actuaciones a este Tribunal de Alzada por la apelación actoral contra la sentencia que rechazó la demanda de prescripción adquisitiva promovida por el Sr. P.E.A. contra los titulares del dominio, S.. R., J., P., J. y F., todos de apellido R. y B., y/o quien se considere con derechos sobre el inmueble objeto de autos (Partida Titular N° 685.937 - Poseedor N° 760.212).

Reseñando brevemente el desarrollo del proceso, mencionamos que ante la acreditación de la muerte de los titulares registrales e inexistencia de antecedentes respecto de uno de ellos (fs. 42) se procede a la citación por medio de edictos de los demandados y/o quienes se consideren con derechos respecto del inmueble (fs. 48/54), ejerciendo la representación la Sra. Defensora Gral. (fs. 59 y 62).

Consideró el J. a quo que con la prueba producida y agregada en autos no se ha logrado acreditar el tiempo de posesión veinteañal del bien inmueble identificado con la Partida de Origen N° 685.937; impuso las costas al actor y difirió la regulación de los honorarios profesionales hasta que se determine el monto del proceso.

Para así decidir, entendió que la prueba rendida en autos es insuficiente para acreditar que P.E.A. poseyera el inmueble por el período de tiempo requerido para adquirir el dominio por usucapión. Sostiene su decisión atendiendo lo normado por el artículo 24 de la Ley 14.159 (modificada por el Decreto Ley 5756/58) afirmando que: "…la testimonial es insuficiente por si sola para acreditar el comportamiento señorial en relación al inmueble durante el lapso y condiciones legales exigidas para adquirir el dominio por la vía intentada…" (textual fallo en crisis fs. 128 vta.).


Recurso del actor: Concedido el recurso de apelación (fs.135), presenta sus agravios (fs. 136/137), los que son contestados por la Sra. Defensora Civil a fs. 140/140vta. Escuetamente, considera que yerra el fallo de...

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