Sentencia Nº 19206/15 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2016

Año2016
Número de sentencia19206/15
Fecha13 Diciembre 2016
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

[CCSR3]FAUS, C.G..12.2016

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 13 días del mes de diciembre de 2016, se reúne en ACUERDO la SALA 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratula- dos: "FAUS, C.G.c., H.R. y Otros s/ Ordinario" (Expte. Nº 19206/15 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instan cia Nº 6 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo:

I.- La sentencia apelada: mediante resolución dictada a fs. 252/261 el juez a quo rechazó la defensa de prescripción opuesta por el demandado y la citada en garantía, e hizo lugar parcialmente a la demanda iniciada por C.G.F. contra H.R.C. y su aseguradora FEDERACIÓN PATRONAL Seguros S.A., condenándoles a pagar la suma de $ 13.217,22 más intereses a tasa mix, a calcularse desde la fecha del hecho generador del daño hasta su efectivo pago y costas.

Contra esa decisión se alza a fs. 269 el demandado y la tercera citada en garantía, en apelación que se les concede a fs. 273, agraviándose a fs. 275/ 281 por considerar: (i) que el sentenciante le atribuyó responsabilidad concurrente al demandado, sin tener en cuenta la excesiva velocidad de circulación, ni el tránsito por una vía de menor importancia y la ausencia de prioridad de paso de su contraria -a quien la parte apelante le enrostra responsabilidad exclusiva en el accidente de tránsito-, a lo que suma su queja con relación a que el juez a quo no tuvo en consideración que la aseguradora de la actora, al abonar daños ocasionados, reconoció con ello la culpabilidad de su asegurado; (ii) que al no determinar responsabilidad exclusiva en cabeza de la parte actora, le agravia asimismo la condena adjudicada por daño emergente; (iii) que finalmente, le agravia que la sentencia apelada admita el rubro privación de uso, por una suma injustificada, para lo cual la recurrente insiste con la idea de responsabilidad civil exclusiva de su contraparte. Pide además readecuación de imposición de costas y honorarios al nuevo pronunciamiento que esta Cámara dicte.

Sus agravios son contestados por la parte actora a fs. 283/290. -

II. Tratamiento del recurso:

Con el propósito de dar mejor y más adecuado tratamiento a los tres agravios contenidos en el memorial de la parte apelante, los abordaremos en modo conjunto, en razón que se relacionan y vinculan con la misma cuestión a resolver, esto es...

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