Sentencia Nº 190 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 27-08-2021

Número de sentencia190
Fecha27 Agosto 2021
MateriaMUTUAL CONGRESO DE TUCUMAN Vs. ROJAS JOSE GUSTAVO S/ COBRO EJECUTIVO

PODER JUDICIAL DE TUCUMÁN CENTRO JUDICIAL CAPITAL Excma. Cámara en Documentos y Locaciones - Sala III ACTUACIONES N°: 4546/18JUICIO: MUTUAL CONGRESO DE TUCUMAN c/ ROJAS JOSE GUSTAVO s/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 4546/18 - SALA 3San M. de Tucumán, 27 de agosto de 2021. SENTENCIA N° 190 Y VISTOS: El pedido de regulación de honorarios formulado por el letrado E.J.C., por derecho propio; y,

CONSIDERANDO:
En fecha 28/05/21 el letrado E.J.C., por derecho propio, solicitó la regulación de sus emolumentos por las actuaciones cumplidas en esta instancia. De las constancias obrantes en autos, se desprende la tramitación del recurso de apelación interpuesto por la parte accionada en contra de la sentencia de fecha 31/10/2019, el que fue resuelto por este Tribunal por sentencia de fecha 3/08/2020, con costas a cargo de la actora. Así, encontrándose regulados los honorarios de los letrados intervinientes en la causa mediante sentencia de fecha 30/09/2020, corresponde acceder a lo peticionado atento a que el Dr. E.J.C. se desempeñó en el carácter de patrocinante de la parte demandada. Asimismo, por razones de economía procesal y resultando procedente, el Tribunal fijará los honorarios correspondientes al Dr. C.E.C., apoderado de la parte actora, por las actuaciones cumplidas en la Alzada respecto al recurso resuelto en los autos del rubro. Para determinar los mismos se tomará como base el valor actual de la consulta escrita regulada en primera instancia el día 30/09/2020, conforme jurisprudencia imperante en la Cámara (“Valle Fértil SA c/ A.R.W. s/ cobro ejecutivo, E.. N° 6969/07, S.. N° 287 del 23/06/2010, Sala I; Aguas Danone de Argentina SA c/ P.S.d.R. y/o s/ Cobro ejecutivo (Incidente...

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