Sentecia interlocutoria Nº 19 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 06-06-2016

Fecha06 Junio 2016
Número de sentencia19
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 06 de junio de 2016.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "CANALES, GUSTAVO ARIEL S/ INDULTO" (Expte. N° 28496/16), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y;
CONSIDERANDO:
A fs. 01/02 E.L.C., Defensor Penal N° 8, en representación de G.A.C., actualmente alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera a su defendido.
En fecha 13/05/2013 la Cámara Primera en lo Criminal de la IIda. Circunscripción Judicial en Expte N° 7516-CC1, lo condena por considerarlo autor del delito de ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN POBLADO Y EN BANDA EN GRADO DE TENTATIVA, EN CONCURSO IDEAL CON PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN LEGAL Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD EN CONCURSO REAL CON VIOLACIÓN DE DOMICILIO, a la pena de seis años de prisión, imponiéndole la PENA UNICA de SIETE (7) AÑOS Y NUEVE (9) MESES de prisión, manteniendo la declaración de segunda reincidencia (fs. 04/21).
Según el cómputo de pena realizado por la Sra. S.retaria del Tribunal sentenciante a fs. 03, el encartado cumple la pena impuesta el 13/10/2018.
El informe carcelario de fs. 23 y vta., de fecha 28/09/15 establece que el interno está incorporado al Periodo de Prueba del Periodo del Régimen Penitenciario. Calificado con Conducta EJEMPLAR NUEVE (9) y Concepto MUY BUENO SIETE (7).
A fs. 26/27 se encuentra el dictamen de la Comisión prevista por el art. 5° del Decreto N° 1771/91 en el cual se concluye que el interno tiende a la transgresión y a la falta de reflexión sobre su accionar delictivo, por lo cual considera que sería importante esperar un tiempo prudencial para realizar una nueva evaluación antes de beneficiarlo con una reducción en su condena.
Pasando a considerar la petición formulada, tal como se señalara en STJRNS4 A.I. 54/13: "FLORES",: "El indulto y la conmutación son herramientas indispensables que brinda el derecho y que resultan ser una respuesta positiva para todas aquellas situaciones dilemáticas que a veces se presentan. Basta con que se apliquen correctamente, y ello ocurrirá cuando se las considere como un instrumento de excepción que la Constitución ha puesto en manos del Poder Ejecutivo para que, como medida jurídica que es, además de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR