Sentencia Nº 18100/2023 de Superior Tribunal de Justicia, 11-08-2023

Fecha11 Agosto 2023
Número de expediente18100/2023
EmisorCámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia -Sala I-Vocalía 1
Tipo de documentoSentencias


San Salvador de Jujuy, a los once días del mes de agosto del año dos mil veintitrés, reunidos los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia de la Provincia de Jujuy, D.N.E.Y. y Dra. MARÍA VICTORIA GONZALEZ DE P. (por habilitación), bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el E.. N° 18100/2023, caratulado: "Ordinario por simulación C., Santos Acevo c/ Galán, R.; V., F.O..(. de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Nº 5), del cual dijeron:



En contra de la resolución de fecha 28 de abril de 2023 interpone revocatoria y apelación en subsidio el Dr. R.A.C. por derecho propio (escrito digital nº 683264)



Cuestiona la negativa del juzgado a designar el martillero propuesto por su parte basada en la oposición de la contraria. Afirma que se vulnera su derecho porque la pericia es anterior al dictado de la ley 6112 y por ende no tenía el derecho a observarla. Que se le impone una pericia de un perito a cuya designación no pudo oponerse.



Sustanciado el recurso contesta traslado por escrito digital nº 713668 el Dr. J.A.G.. Argumenta que conforme art. 65 de la Ley 6112 es aplicable la misma para regular honorarios en autos.



Que según art. 25 inc. a) del mentado texto legal la valuación fiscal solo esta admitida cuando no hubiere sido tasado el inmueble y que cuando se repute inadecuada al valor real el profesional debe adjuntar informe técnico y no pedir designación de martillero para tasación judicial.



Destaca por último, que del convenio homologado en autos surge que su parte renunció al acervo hereditario y las costas se impusieron por el orden causado por lo que sus representada y/o patrocinados no resultan obligados al pago de honorarios. Pide eximición de costas.



Concedida la apelación en relación y con efecto suspensivo e integrado el Tribunal, procede resolver la cuestión.



Las constancias de autos principales
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