Sentencia Nº 181 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 20-08-2021

Número de sentencia181
Fecha20 Agosto 2021
MateriaLOBO ROBERTO RICARDO Vs. BERNARDITA S.R.L. S/ COBRO EJECUTIVO

PODER JUDICIAL DE TUCUMÁN CENTRO JUDICIAL CAPITAL Excma. Cámara en Documentos y Locaciones - Sala III ACTUACIONES N°: 1404/12 Autos: "LOBO R.R. c/ BERNARDITA S.R.L. s/ X* COBRO EJECUTIVO" - Expte: 1404/12 S.M. de Tucumán, 20 de agosto de 2021 Sentencia Nro. 181

Y VISTO :
El recurso de apelación concedido en autos a la demandada BERNARDITA S.R.L. contra la sentencia de fecha 8 de octubre de 2019, que resolvió llevar adelante la ejecución seguida en su contra, con costas;

y CONSIDERANDO :


I.- Que en fecha 17/05/2021 la demandada, por medio de su letrada apoderada Dra. C.d.V.L., expresa agravios. En primer lugar, reprocha que la sentenciante haya considerado que el análisis de la defensa de inhabilidad de título fundada en la falta de cumplimiento cabal del actor del contrato de compraventa, excede el limitado marco del juicio ejecutivo. Sobre el particular, afirma que uno de los contratos que integran el “lease-back” en que se funda la demanda, no se encuentra cumplido por el actor. En virtud de ello, considera que no resulta procedente la demanda. En segundo término, cuestiona que la magistrada a quo haya considerado que su parte no acompañó prueba documental ni produjo otra que acredite el incumplimiento denunciado. Sostiene que la sentenciante no ha analizado las copias del expediente de desalojo ofrecidas como prueba, en especial, el dictamen pericial contable donde se informa sobre los cheques que fueron rechazados o no presentados para su cobro. Asimismo, afirma que el actor reconoce el incumplimiento al pretender incorporar recibos falsos, que no fueron reconocidos por su parte. Finalmente, ataca el pronunciamiento por considerar que no se ha valorado el hecho nuevo denunciado, consistente en la declaración del Sr. L. en una causa penal, de donde surge -según refiere- el reconocimiento efectuado por el actor de no haber cumplido con su compromiso contractual. Afirma que la sentencia carece de fundamentación, por no existir coherencia entre lo resuelto y las pruebas rendidas en autos. Sostiene que lo decidido en el proceso de desalojo no es concerniente al tema debatido en autos, donde debió analizarse si correspondía el pago del canon, toda vez que surge de las actuaciones que el actor no demostró haber cumplido acabadamente con su obligación. Concluye argumentando que la sentencia ha fallado contra las pruebas aportadas, el orden jurídico, la congruencia y la lógica jurídica. Sostiene que el pronunciamiento se funda en una remisión genérica a lo ocurrido en otro expediente -el de desalojo-, sin precisar de modo cierto el motivo de condena. En virtud de lo expuesto, solicita que se revoque la sentencia, con costas al actor. Corrido el traslado de ley, en fecha 08/06/2021 contesta la parte actora y solicita el rechazo del recurso, con fundamentos que serán considerados en lo pertinente, en tanto lo amerite la consideración de los agravios vertidos por la contraparte.

II.- Luego de confrontar los agravios del recurrente con los fundamentos que sostienen la providencia impugnada, las constancias de la causa y la normativa legal aplicable, surge la convicción de éste Tribunal de que el recurso de apelación...

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