Sentencia Nº 17712/13 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2013

Año2013
Fecha05 Julio 2013
Número de sentencia17712/13
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 5 días del mes de julio de 2013 se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la C.ara de A.aciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "A., M.B.c.., L.O. s/Alimentos " (Expte. Nº 17712/13 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia de la Familia y del Menor de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- Mediante sentencia de fs. 200/203 se fijó como cuota alimentaria a cargo de L.O.N. en beneficio de su hija menor de edad Á. N.A., la suma de $2000 con más las asignaciones familiares correspondientes. El fallo ordenó además la liquidación de alimentos devengados y no abonados durante la tramitación del pleito, e impuso las costas a cargo del demandado.- El mencionado decisorio es apelado por el accionado, que expresó sus agravios a fs. 211/217vta., los que fueron respondidos por la actora a fs. 223/ 228. Asimismo, conferida la vista a la Sra. Asesora de Menores, la misma la contesta a fs. 231/232, propiciando la confirmación del fallo.- II.- Considera el apelante que la jueza a quo falló infundadamente, sin confrontar la prueba rendida en autos, omitiendo evaluar: a) la procedencia, cuantía y razonabilidad de las necesidades de la menor y b) las concretas posibilidades económicas del recurrente. Señala que la actora no diligenció la prueba informativa y/ o testimonial destinada a autenticar los documentos que anexó, sino que expresamente desistió de la última y en razón de ello -sostiene- quedó huérfano de acreditación la locación, como así también la contratación y costo de un servicio de niñera. Se queja también del gasto del jardín maternal al que concurría la niña manifestando que en la actualidad asiste a la escuela pública, lo que implicaría un pago sin causa. Dice que se han exagerado deliberadamente los gastos para justificar el reclamo de una cuota alimentaria que excede las reales necesidades de la menor y establece una comparación entre los alimentos propiamente demandados -en el monto de $1000- y las cifras que provee el INDEC (el costo de la canasta básica total, en el mes de noviembre del 2012 para una familia tipo ascendió a la suma de $1600 mensuales). En cuanto a los ingresos y/o caudal económico de dicha parte crítica que la sentenciante haya considerado únicamente la "condición de profesional" omitiendo el abordaje integral de la situación actual...

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