Sentecia definitiva Nº 177 de Secretaría Penal STJ N2, 19-11-2014

Fecha19 Noviembre 2014
Número de sentencia177
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 27154/14 STJ
SENTENCIA Nº: 177
PROCESADO: CUFRÉ VÍCTOR ÁNGEL
DELITO: ABUSO DE AUTORIDAD
OBJETO: RECURSO DE QUEJA
VOCES:
FECHA: 19/11/14
FIRMANTES: APCARIAN - MANSILLA - ZARATIEGUI - PICCININI EN ABSTENCIÓN - BAROTTO EN ABSTENCIÓN
///MA, de noviembre de 2014.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “CUFRÉ, Víctor s/Queja en: ‘Dra. Ana PICCININI c/Víctor CUFRÉ y Otros s/ Investigación s/Apelación’” (Expte.Nº 27154/14 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Ricardo A. Apcarian dijo:
1. Antecedentes de la causa:
1.1. Mediante Sentencia Interlocutoria Nº 81, del 11 de abril del corriente, la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma resolvió rechazar el recurso de apelación deducido por la defensa contra el auto de procesamiento de Víctor Cufré, dictado por el titular del Juzgado de Instrucción Nº 2 de esta ciudad.
1.2. Respecto DE lo decidido, la defensora particular del imputado, doctora Natalia Benavídez Calvo, interpuso recurso de casación, el cual fue declarado inadmisible por el a quo (A.I.Nº 134/14, del 09/06/14), denegatoria contra la que se dirige la queja en examen.
1.3. Al desestimar la casación, la Cámara sostuvo que en el caso no se da ninguna de las situaciones previstas por el art. 430 del Código Procesal Penal, por no tratarse de una sentencia definitiva o equiparable a tal ni verificarse ninguna de las hipótesis contempladas en la norma, con cita de doctrina y precedentes de este Cuerpo en abono de tal criterio.
///2. Asimismo, señaló que el razonamiento recursivo no iba más allá de la insistencia en retrotraer el proceso a etapas ya superadas, con base en argumentos no compartidos por el Tribunal.
Argumentos del recurso de queja:
La quejosa alega que la decisión de la Cámara no trata ni responde todos los planteos y cuestionamientos introducidos en su casación, lo que resulta en arbitrariedad por ausencia de fundamentación o fundamentación aparente. Por lo anterior denuncia la afectación del debido proceso y el derecho de defensa en juicio de su pupilo.
En sustento de sus críticas, refiere los agravios esgrimidos en oportunidad del recurso extraordinario, entre ellos: la nulidad de la resolución del a quo al rechazar la apelación por violación de la ley procedimental; la denegación arbitraria de prueba relevante solicitada por su...

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