Sentencia Nº 1740/18 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia1740/18
Fecha15 Abril 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SANTA ROSA, 15 de abril de dos mil diecinueve.-

VISTOS:

Los presentes autos caratulados: “FUENTES SANDRA VIVIANA contra L.J.A. sobre LABORAL”, expediente nº 1740/18, registro Superior Tribunal de Justicia, Sala A, y;

RESULTANDO:

1°) A fs. 351/360 vta., J.H.D., abogado, en representación de la actora S.V.F., interpone recurso extraordinario provincial contra la decisión de la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial, la que en su parte resolutiva dispuso: “I.- Hacer lugar al recurso interpuesto por el demandado Sr. J.A.L. y rechazar el recurso de la actora, revocando la sentencia de fs. 265/273 y rechazando la demanda interpuesta por la actora Sra. S.V.F. en todas sus partes conforme los fundamentos dados en los considerandos” (fs. 348).-

Funda el recurso interpuesto en el art. 75 de la NJF N° 986 y en los incisos 1º y 2º del art. 261 del CPCC.-

2°) Al relatar los antecedentes de la causa expresa que S.V.F. promovió una demanda laboral contra J.A.L. reclamando diferentes rubros indemnizatorios.-

Aclara que la señora Fuentes ingresó a trabajar el 1° de diciembre de 2007 a las órdenes de J.A.L. en el coto de caza emplazado en el establecimiento denominado A., y precisa que cumplía una jornada laboral de 08:00 a 12:00 de lunes a sábados, y que efectuaba tareas de cuidado y limpieza de la casa principal y cocinaba cuando se encontraba el dueño o había cazadores.-

Refiere que desde el ingreso la actora “...se encontró extrasistema, percibiendo una remuneración sustancialmente inferior a la que por derecho le correspondía percibir” (fs. 362).-

Manifiesta que en la sentencia de primera instancia se hizo lugar parcialmente a su reclamo, y se encuadró su situación laboral en el régimen de empleados de casas particulares, decisión que fue revocada por la Cámara de Apelaciones, tribunal que rechazó la demanda íntegramente y que motiva la presentación de su recurso.-

En el parágrafo que titula “Violación de la ley” sostiene que el tribunal de mérito violó la ley al aplicar el art. 1° de la Ley N° 26.844 y prescindir de los arts. 2° inc. b), 23, 52 y 55 de la Ley N° 20.744, art. 21 de la Ley N° 26.844, art. 370 del CPCC y arts. 14 bis y 18 de la Constitución Nacional.-

Contrariamente a lo sostenido por la Cámara de Apelaciones entiende que no existió ninguna confesión de parte de la actora, mucho menos para arribar a la conclusión de que ésta no hubiese trabajado para el accionado y que hubiese habitado el establecimiento en calidad de conviviente de un empleado de apellido O., con lo cual queda demostrado, a su entender, la violación al debido proceso y al derecho de defensa contemplados en el art. 18 de la Constitución Nacional.- Argumenta que la...

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