Sentencia Nº 16782/11 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2012

Fecha13 Abril 2012
Número de sentencia16782/11
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 13 días del mes de abril de 2012, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "LOPEZ, P.A.c., A.L.s.- do Indirecto" (E.. Nº 16782/11 r.C.A), venidos del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- La sentencia: (fs. 257/267). La Sra. juez a quo luego de considerar que no existe disidencia respecto a la fecha de ingreso (1.12.95) y egreso (26.02.09), sino que el conflicto gira en torno a "...las tareas desempeñadas por el actor y la categoría laboral que le asignara el demandado, el horario de trabajo, la existencia de diferencias salariales pendientes y los motivos de extin- ción del vínculo. También, en su caso, la procedencia de los rubros reclamados y su cuantía" (fs. 264vta.), arriba a la conclusión (previa merituación de la prueba testimonial rendida en autos y la pericial contable que informa que el accionado lleva los libros de sueldos y jornales conforme a ley y que L. se encuentra registrado desde su ingreso) que "...desde el inicio de la relación L. se desempeño a las órdenes de Baldissoni como repartidor y operario en el depósito, tareas que merecieron su correcta categorización como Auxiliar B del CCT 130/75 -que incluye a "choferes de corta distancia de vehículos automotores de cualquier tipo afectados al reparto, transporte y/o tareas propias del establecimiento" (art.8)- y que también ejecutó bajo su dependencia tareas de vendedor por las que correspondía asignarle la categoría prevista en el artículo 10, inciso b) del CCT 130/75, atribuible a quienes se desempeñan en "tareas y/u operaciones de venta cualquiera sea su tipificación", lo que no ocurrió (recibos de fs. 86/95)" (fs. 261 y 261vta.).- Por consiguiente -luego de rechazar el rubro horas extras por falta de pruebas-, al tener por cierto que hubo intimación previa por la que constituyó en mora al demandado (C.D. de fecha 21.2.09), tuvo por acreditada la existencia de injuria económica (por no haberlo categorizado como vendedor B desde diciembre de 2007 a febrero de 2009) de entidad suficiente como para que el actor se pusiera en situación de despido indirecto. En consecuencia, hace lugar parcialmente a la demanda y ordena practicar planilla por lo rubros que prosperan (indemnización por antigüedad, preaviso, SAC sobre preaviso, integración mes de despido, diferencias salariales de auxiliar B a vendedor B desde desde diciembre/07 a feb./09; e indemnizaciones de los arts. 1 y 2 Ley 25.323), con más intereses a tasa mix y costas del juicio.- Esta decisión es apelada por la accionada en los términos del memorial obrante a fs. 278/289, el que es contestado a fs. 293/296vta. por la actora.- II.- Recurso de la demandada. En su extenso y meduloso trabajo recursivo desarrolla dos agravios. En el primero (a), cuestiona que la sentenciante hubiera llegado a la conclusión que el actor se desempeñó como "vendedor B" desde fines de diciembre de 2007; alega arbitrariedad en la apreciación de la prueba, analiza la producida y marca las contradicciones que, a su criterio, de- muestra el error incurrido por la sentenciante. En el segundo (b) critica que se hubiera considerado la existencia de injuria; aduce que quien ha vulnerado los principios de buena fe y...

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