Sentencia Nº 158 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 08-04-2022

Número de sentencia158
Fecha08 Abril 2022

JUICIO: G.D.Y. s/ ESPECIALES (RESIDUAL). EXPTE. N° 9496/21. APELACIÓN Sentencia 158 San Miguel de Tucumán TEMA A TRATAR El recurso de apelación interpuesto en este expediente caratulado “G.D.Y. s/ ESPECIALES (RESIDUAL)” Expte. N° 9496/21, que tramita por ante la Sala II de esta Cámara en lo Civil en Familia y Sucesiones del Centro Judicial Capital. ANTECEDENTES I- El presente expediente llega a esta instancia a los fines del conocimiento y resolución de los recursos de apelación deducidos por el Sr. G.B. y la Sra. N.A.G.. El primero apela la providencia de fecha 04/08/2021; la segunda, la resolución del 17/09/2021. En cuanto al decreto del 04/08/2021, dispone de oficio continuar, sin plazo de caducidad, la medida de restricción de acercamiento ordenada en sede penal en favor de la Sra. D.Y.G.. Respecto de la resolución del 17/09/2021, amplía la providencia señalada y ordena la prohibición de acercamiento, también sin plazo de caducidad, de la Sra. G. respecto de la Sra. G.. II- A efectos de traer claridad al asunto efectuaremos un breve relato de lo acontecido en la instancia de grado. El día 04/08/2021 el juzgado de origen recibe las actuaciones remitidas por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Familiar y de Género de la Iº Nominación en las que en fecha 16/07/2021 se dispuso una medida de restricción de acercamiento del Sr. G.B. en relación a la Sra. D.Y.G.. La juez de grado ordenó la continuidad, sin plazo de caducidad, de la medida por entonces vigente. Notificadas las partes, el Sr. B. deduce revocatoria con apelación en subsidio. La magistrada, pese a lo normado por el art. 697 última parte del CPC, sustancia la revocatoria con la Sra. G. quien contesta el recurso incoado. En el marco de su responde solicita la ampliación de la medida en contra de la Sra. N.A.G.. La juez, por un lado, llama los autos a despacho para resolver la revocatoria. Por otro lado, dicta la prohibición de acercamiento de la Sra. G. respecto de la Sra. G.. Por resolución del día 23/09/2021 la magistrada desestima el recurso de revocatoria y concede la apelación deducida en subsidio. A su turno la Sra. G. apela la medida dispuesta en su contra. Antes de radicarse el expediente en esta instancia, los apelantes obtienen a su favor una medida de restricción de acercamiento, también sin plazo de caducidad, en contra de la Sra. D.Y.G.. RECURSO DEL SR. GUILLERMO BATISTA III- Agravios: al momento del planteo de revocatoria, el apelante funda su recurso. En primer lugar, el Sr. B. manifiesta que efectuó el correspondiente descargo en la causa penal caratulada “B.G. s/ Amenazas. Art. 149 BIS PAR 1 - PART. 1. Legajo Nº S- 039327/2021” que tramita por ante la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Familiar y de Género 3. En dicho descargo puso de relieve que la denuncia de la Sra. G. es falsa e inexistente. Relata los pormenores de lo acontecido el día 10/07/2021 y acompaña prueba fotográfica que avala sus dichos; también copia del escrito presentado en la Unidad Fiscal donde ofreció el testimonio del jardinero que presenció todo lo ocurrido ese día. En segundo lugar critica la continuidad, sin plazo de caducidad, de la medida dispuesta en sede penal. Tacha de arbitraria e injustificada a la decisión de la juez en este sentido. Cuestiona que el decreto atacado luce “infundado y sin sustento legal alguno que lo avale”. Sostiene expresamente que no tiene ningún tipo de contacto ni personal ni telefónico con la Sra. G., y mucho menos pretende tener algún tipo de vinculación y/o relación. El Sr. B. recalca que la medida dictada le ocasiona perjuicio teniendo en consideración que es un funcionario judicial; la cautelar le imposibilita poder concursar para un cargo de magistrado, con lo cual no podría mejorar sus ingresos y por ende tampoco el de sus hijos a quienes les pasa alimentos. Agrega que la medida, así como está dispuesta, en forma amplia y sin plazo, afecta el normal desenvolvimiento de sus tareas laborales y personales. Cuestiona que luego de haberse dictado la cautelar inaudita parte, la juez la haya ampliado sine die sin que él fuera escuchado previamente. En este punto efectúa una distinción con las medidas autosatisfactivas. Cita jurisprudencia de ambas salas en apoyo. IV- Contestación de agravios: la Sra. D.Y.G. contesta los agravios vertidos. Niega haber tenido contacto con el Sr. B. con anterioridad al episodio motivo de la medida de restricción de acercamiento. Sostiene que nunca lo insultó, ni lo amenazó como él afirma. Únicamente le reclamó que deje que sus hijos vayan cuando ellos quieran a la casa de S.P. de Colalao y que tanto él como su pareja no se “burlen de ella ni le falten el respeto”. Cuenta que la separación de las partes “ha sido en un marco de mucha violencia psicológica, simbólica, económica, etc” . Habla de la “denigración que sufrió como mujer” cuando el apelante se mostraba de manera pública con quien es su actual pareja, sin tener aún la sentencia de divorcio inscripta. Respecto de lo sucedido el día de la denuncia, relata que se sintió agraviada, perturbada en su tranquilidad y seguridad personal, ya que el Sr. B. “en vez de calmar la situación se exacerbó con mayor ahínco” filmándola con su celular e insultándola junto a su pareja. Enumera jurisprudencia sobre la violencia de género. Rechaza las pruebas ofrecidas por el recurrente. Por todo ello, solicita se desestime el recurso deducido. P. aparte solicita la ampliación de la medida en contra de la pareja del Sr. B., la Sra. N.A.G.. RECURSO DE LA SRA. N.A.G. V- Agravios: La Sra. G. cuestiona la cautelar dictada en su contra por ser arbitraria e infundada. Critica la falta de bilateralización, lo que afecta su legítimo derecho de defensa. En su escrito relata “la verdad de los hechos acontecidos”. Narra, asimismo, las continuas agresiones de la Sra. G. para con ella y su pareja, en especial verbales. Afirma que pasa de víctima a victimaria. Que toda esta situación le ocasiona un grave perjuicio emocional ante una sensación de indefensión que la hace “sentir violentada por el órgano judicial con violencia institucional”. Reprocha que la medida dictada no tenga plazo de caducidad “transformando en definitiva una medida preventiva, sin dar derecho a ser oído afectando derechos fundamentales de las personas y el principio de buena administración de justicia”. Le produce perjuicio la amplitud de la medida, sobre todo cuando su pareja posee una casa en S.P. de Colalao al igual que la Sra. G., quien la construyó luego del divorcio. Hace foco en lo pequeño del pueblo de S.P. “donde todo está centrado en una plaza, una iglesia y algunos bares todos al frente de la plaza […] todo transcurre en distancias menores a 100 mts.”. Cita jurisprudencia de ambas salas de esta cámara en apoyo. VI- Contestación de agravios: la Sra. D.Y.G. contesta el memorial de agravios. Apunta que la Sra. G. se limita “a reproducir similares argumentos a los de su actual pareja el Dr. B.”. Insiste en que la apelante se “mofa” de su situación y la de sus hijos. Con relación al plazo de duración de las medidas, afirma que la ley provincial 7264 y la nacional 26.485 disponen que es facultad del Órgano Jurisdiccional disponerlo, “pudiendo claramente prorrogarse en cuanto las circunstancias fácticas no hayan cambiado y la medida sea efectiva”. Afirma que nuestra normativa provincial “dispone un plazo de duración de las medidas de protección por seis meses, y se podría ampliar el término por igual plazo, pero dicha limitación no puede sobreponerse al caso de que en situaciones riesgosas duren un poco más”. Rechaza el agravio respecto del perjuicio emocional, por no haberlo acreditado fehacientemente. Cita doctrina y jurisprudencia respecto a la violencia de género. VII- Radicado el proceso en esta instancia, como medida para mejor proveer, se convoca a las partes a una audiencia, acto al cual ambas concurren. Luego de una conversación, el Sr. B. y la Sra. G. acuerdan mantener un trato de mutuo respeto en atención al principio de solidaridad que debe existir entre personas que mantuvieron un vínculo por espacio de más de veinte años. Asimismo pactan que...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR