Sentecia definitiva Nº 156 de Secretaría Penal STJ N2, 11-09-2012

Número de sentencia156
Fecha11 Septiembre 2012
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 26024/12 STJ
SENTENCIA Nº: 156
PROCESADO: GONZÁLEZ CÉSAR DANIEL
DELITO: ROBO EN POBLADO Y EN BANDA
OBJETO: RECURSO DE CASACIÓN (INC. LIBERTAD CONDICIONAL)
VOCES:
FECHA: 11/09/12
FIRMANTES: BAROTTO MANSILLA SODERO NIEVAS EN ABSTENCIÓN
///MA, de septiembre de 2012.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “PAILLALEU, Julio César y Otros s/Robo en lugar poblado y en banda Incidente de libertad condicional a favor de César Daniel GONZÁLEZ s/Casación” (Expte.Nº 26024/12 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución (cuya constancia obra a fs. 30) ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Sergio M. Barotto dijo:

1.- Mediante Auto Interlocutorio Nº 245, del 19 de junio de 2012, la Cámara Segunda en lo Criminal de San Carlos de Bariloche resolvió -en lo pertinente- rechazar la petición de libertad condicional formulada a favor de César Daniel González -art. 13 contrario sensu C.P.-.

2.- Contra lo decidido la defensa deduce recursos de casación e inconstitucionalidad, que son declarados admisibles por el Tribunal de grado.

3.- La casacionista entiende que a su pupilo se le suspendió el beneficio de su semilibertad y salidas transitorias por la denuncia realizada por una mujer con la que aquel había tenido una relación sentimental. Sostiene que, además de no encontrase acreditada, tal denuncia ya cumplió su función, por lo que no podría afectar la libertad ahora solicitada.

Agrega que tampoco es posible que se le deniegue la libertad con el argumento de una interpretación sistemática del funcionamiento de la ejecución de pena privativa de
///2.- libertad, cuando tal régimen no se cumple en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 3 de San Carlos de Bariloche.

Alega que el interno cumple con todos los requisitos del Código Penal, y además se encuentra en el período de prueba, tiene buen concepto y conducta, no registra sanciones disciplinarias y cursa el Profesorado de Historia en la Universidad Nacional del Comahue; también señala que tiene interés en su superación, por lo que queda claro que observa con regularidad los reglamentos carcelarios.

En relación con el art. 17 del Código Penal, argumenta que no es obstáculo para la libertad condicional el hecho de que le haya sido revocada una primera, pues se trataba de una pena impuesta con anterioridad, y en lo que hace al informe de la psicóloga...

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