Sentencia Nº 153826 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2024
Año | 2024 |
Número de sentencia | 153826 |
Fecha | 27 Junio 2024 |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
Estatus | Publicado |
Sentencia número Ciento quince /Dos mil veinticuatro.-
En la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, a los 27 días del mes de junio del año dos mil veinticuatro, se constituye el Juez de Control N.D.R. a efecto de dictar sentencia en la causa 153.826, caratulado: "M.P.F. C/ Santos, Joel S/ Lesiones culposas en accidente de tránsito", seguida contra J.S., DNI 41.416.683, nacido el día 19 de mayo de 1998, del que;
Resulta: Que en el mencionado expediente obra acuerdo de Juicio Abreviado (actuaciones 3.838.770 y 3.850.799), suscripto por el fiscal Dr. A.E.T., el imputado J.S. y su abogada defensora Dra. M.A.M.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a J.S. la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos con motor que requiera autorización de autoridad competente; y, como reglas de conducta por dos años: fijar residencia y someterse al control del ente de políticas socializadoras para personas en conflicto con la ley penal, sin costas (artículos 369 y 445, del código procesal penal; y, 40 y 41 del código penal), por el delito de Lesiones gravísimas ocasionadas por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, agravada por encontrarse bajo los efectos de estupefacientes y por violar la señalización de semáforos (artículo 94 bis, segundo párrafo, 3º supuesto y 7º supuesto, en relación con el 91, ambos del Código Penal).
Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por parte del imputado J.S. como de su abogado defensor; asimismo, en oportunidad de realizarse la audiencia de vista de causa el imputado reiteró el reconocimiento de su responsabilidad por el hecho por el que se lo acusó, y;
Considerando: Que en el desarrollo de la Investigación Fiscal Preparatoria se incorporaron las siguientes evidencias, que fueron ofrecidas por las partes para ser valorados como pruebas, al momento de fundar la sentencia: 1. Acta de constatación e inspección ocular de fecha 23 de mayo de 2024; 2. C. demostrativo del lugar del hecho; 3. Test de alcoholemia identificado como prueba nro. 3.119, realizado a J.E.M.; 4. Fotocopia de cédula de identificación de la motocicleta involucrada; 5. Acta de comprobación Nº 186.067 de la Municipalidad de Santa Rosa (L.P.); 6. Informe técnico realizado por V.J.S.; 7; Acta de declaración M.E.J. y fotocopia de su documento de identidad; 8. Acta de designación e informe técnico de M.S.G.; 9. Acta de declaración prestada por S.M.S.C.; 10. Informe realizado por el Oficial principal G.N.A.; 11. Informe de Autopsia de feto muerto intra...
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