Sentecia definitiva Nº 15 de Secretaría Penal STJ N2, 04-03-2015

Fecha04 Marzo 2015
Número de sentencia15
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 04 de marzo de 2015.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “PARINELLI, Enrique s/Queja en: \'PARINELLI, Enrique s/Amenazas Expte.Nº 4165-13 Apelación-\'” (Expte.Nº 27235/14 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Enrique J. Mansilla dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Sentencia Interlocutoria del 14 de mayo de 2014, la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca resolvió -en lo pertinente- confirmar el auto de procesamiento de Enrique Parinelli, que había sido apelado por la defensa.
Contra lo decidido, el doctor Diego Roberto Filipuzzi dedujo recurso de casación (ver copia a fs. 4/12 vta.), cuya denegatoria, glosada en copia a fs. 13, motiva la queja en examen.
2. Fundamentos de la denegatoria de la casación:
El a quo sostiene que la resolución dictada por ese Tribunal no es susceptible de ser casada por no ser sentencia definitiva ni equiparable a tal, y a lo que agrega que no hay personas detenidas sujetas a proceso. En razón de ello, señala que el recurso resulta manifiestamente improcedente y dispone su rechazo in limine.
3. Argumentos del recurso de queja:
En su escrito, luego de señalar su objeto y los requisitos de admisibilidad, el letrado realiza una reseña de los antecedentes de la causa y un nuevo desarrollo de las críticas casatorias, basadas en la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva (por el rechazo del pedido de prescripción) y en la violación de las normas procesales (por haberse desestimado la solicitud de sobreseimiento o la aplicación de un criterio de oportunidad). Así, concluye que la decisión en crisis es nula por arbitrariedad y falta de fundamentación, defecto que también advierte en la declaración de inadmisibilidad de la vía extraordinaria decidida por la Cámara.
/// Por los motivos desarrollados, y previa reserva del caso federal, el abogado defensor solicita que, en definitiva, se ordene el sobreseimiento de su defendido o, subsidiariamente, se dicte la falta de mérito.
4. Análisis y solución del caso:
4.1. Ingresando en el análisis de los agravios del recurrente, entiendo que el recurso no puede prosperar, pues no rebate lo sostenido en la denegatoria.
En efecto, la casación solo puede deducirse contra las sentencias definitivas y los autos que pongan fin a la acción o a la pena, o hagan imposible que continúen, o denieguen la extinción...

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