Sentecia interlocutoria Nº 15 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 24-08-2016

Número de sentencia15
Fecha24 Agosto 2016
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 24 de agosto de 2016.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "ABEIRO, LOURDES ESLADE Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY” (Expte. N° 27305/14-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 736/737 el letrado representante del Municipio demandado, doctor Luis Fernando Sabbatella, interpone en tiempo y forma aclaratoria en relación a los honorarios profesionales regulados, contra la sentencia de este Superior Tribunal de Justicia Nº 80 de fecha 3 de septiembre de 2015 obrante a fs. 727/732 vlta. de las presentes actuaciones, con el objeto de solicitar se determine sobre qué base o parámetro debe tomarse el 30 % de la regulación de honorarios efectuada a su favor en la mencionada sentencia, o en su caso se aclare si es el Tribunal de Trabajo quien debe regular conforme el resultado obtenido finalmente. Ello así, en tanto la sentencia del Tribunal de Trabajo impuso las costas a la perdidosa pero la dispensó de cargar con las mismas.
El fallo de este Cuerpo impuso las costas a los actores y reguló honorarios en virtud de lo dispuesto en el art. 2 in fine de la Ley G N° 2212.
En tal sentido cabe manifestar que asiste razón al recurrente en el planteo efectuado, por lo que corresponde aclarar el punto segundo de la parte dispositiva de la sentencia de fs. 727/732 vlta. que quedará redactado del siguiente modo: "Regular por su actuación ante esta vía, los honorarios profesionales del doctor Diego SACCHETTI en el 25% y los del doctor Luis F. SABBATELLA en el 30% de los...

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