Sentencia Nº 14765/08 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2009

Año2009
Número de sentencia14765/08
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los días del mes de febrero de 2009, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "MATEOS, R.c.M. del Carmen s/Ordinario" (Expte. Nº 14765/08 r.C.A), venidos del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de la IIIra. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I. La sentencia de fs. 192/199vta. hizo parcialmente lugar a la demanda, en virtud de lo acordado en el contrato de capitalización aparcería agropecuaria celebrado entre las partes (fs. 4/5), y condenó a la demandada a pagar al actor el 60% del valor de venta (al 26/04/03) de 34 terneros de 160kgs. de peso, con más intereses a tasa mix hasta la fecha del efectivo pago. Asimismo, rechazó la reconvención interpuesta por la demandada, en la que se alegaron daños y perjuicios derivados del incumplimiento del actor con el mencionado contrato de capitalización de hacienda. La totalidad de las costas del juicio, tanto las correspondientes a la demanda como a la reconvención, fueron impuestas a la accionada El aludido pronunciamiento ha sido apelado por la demandada en cuanto rechazó la reconvención. Expresó sus agravios a fs. 208/211vta., los que no fueron contestados por la parte actora a pesar de encontrarse debidamente notificada del respectivo traslado a fs. 212vta II. En sus agravios sostiene la apelante que el actor incumplió con sus obligaciones emergentes del contrato de fs. 4/5, extremo que a su juicio estaría demostrado por el estado en que el accionante entregó la hacienda y el estado en que se encontraba el campo arrendado a M. al mes de abril del año 2003 (sin pasturas), tal como lo refieren los testigos M., W. y B. y lo habría reconocido el propio actor a fs. 82vta. al expresar que no había realizado pasturas porque entregaba el campo y la hacienda Los incumplimientos que alega el apelante no han quedado en definitiva demostrados en autos, puesto que a los dichos de los referidos testigos se oponen los testimonios prestados por E. (fs. 155/156), Schlaps (fs. 156vta./ 157vta.) y M. (fs. 157vta./159), quienes por su parte sostienen que tanto el estado de la hacienda como el del campo de G. eran normales en el mes de Abril de 2.003 cuando el actor reintegró el predio alquilado a la demandada. El hecho que el actor no hubiera realizado pasturas en el predio...

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