Sentencia Nº 14190 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2007
Fecha | 03 Septiembre 2007 |
Número de sentencia | 14190 |
Año | 2007 |
Estatus | Publicado |
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 3 días del mes de septiembre de 2007, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de queja interpuesto en los autos cara- tulados: "CONTARDI, C. En Autos: "CONTARDI, C.c.É. y Otro s/TERCERIA DE DOMINIO (E.. E 60436) S/RECURSO DE QUEJA" (E.. Nº 14190/07 r.C.A), y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo
I.- A fs. 9/11vta. del expediente Nº 60436 caratulado C.C.c.É.E. y Otro s/Tercería de Dominio" (en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de esta ciudad), el recurrente interpuso tercería de dominio en autos "P.E.E. y Otro c/Pereyra J.E. y Otros s/División de condominio", expediente Nº 52699 también del registro del men- cionado Juzgado, argumentando ser adquirente por boleto del 33% indiviso del inmueble cuya división de condominio tramita en las mencionadas actuaciones; planteando asimismo la incompetencia del Tribunal interviniente en virtud de lo normado por el art. 3284 del Código Civil y en razón del fallecimiento de uno de los condóminos (J.C.S
El Tribunal aquo a fs. 13 del expediente 60436 no hizo lugar a la terce- ría interpuesta al no importar "la acción de división de condominio ninguna discusión en torno al derecho de copropiedad que se alega". Contra tal decisión el allí accionante interpuso a fs. 15/vta. de esos actuados recurso de reposición con apelación en subsidio, remedios ambos que fueron desestima- dos por el aquo reiterando a fs. 16 el fundamento relativo a "...la inexistencia de debate respecto de la copropiedad del fundo..."
Ante la aludida denegatoria, el accionante en esos autos se presenta ante esta Alzada a fs. 14/15 de los presentes actuados interponiendo recurso de queja por aquella apelación no otorgada
II.- Analizado lo actuado tanto en el expediente Nº 60436 como en el ex- pediente Nº 52699, se constata que no le asiste razón a la recurrente en la queja interpuesta. Ello así, por cuanto sin perjuicio que, tal como lo refiriera el aquo, en el juicio de división de...
I.- A fs. 9/11vta. del expediente Nº 60436 caratulado C.C.c.É.E. y Otro s/Tercería de Dominio" (en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de esta ciudad), el recurrente interpuso tercería de dominio en autos "P.E.E. y Otro c/Pereyra J.E. y Otros s/División de condominio", expediente Nº 52699 también del registro del men- cionado Juzgado, argumentando ser adquirente por boleto del 33% indiviso del inmueble cuya división de condominio tramita en las mencionadas actuaciones; planteando asimismo la incompetencia del Tribunal interviniente en virtud de lo normado por el art. 3284 del Código Civil y en razón del fallecimiento de uno de los condóminos (J.C.S
El Tribunal aquo a fs. 13 del expediente 60436 no hizo lugar a la terce- ría interpuesta al no importar "la acción de división de condominio ninguna discusión en torno al derecho de copropiedad que se alega". Contra tal decisión el allí accionante interpuso a fs. 15/vta. de esos actuados recurso de reposición con apelación en subsidio, remedios ambos que fueron desestima- dos por el aquo reiterando a fs. 16 el fundamento relativo a "...la inexistencia de debate respecto de la copropiedad del fundo..."
Ante la aludida denegatoria, el accionante en esos autos se presenta ante esta Alzada a fs. 14/15 de los presentes actuados interponiendo recurso de queja por aquella apelación no otorgada
II.- Analizado lo actuado tanto en el expediente Nº 60436 como en el ex- pediente Nº 52699, se constata que no le asiste razón a la recurrente en la queja interpuesta. Ello así, por cuanto sin perjuicio que, tal como lo refiriera el aquo, en el juicio de división de...
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