Sentencia Nº 13539 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2006

Año2006
Número de sentencia13539
Fecha18 Septiembre 2007
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 18 días del mes de septiembre de 2007, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos ca- ratulados: "CORTES, J.M. y Otro c/CALEGARI H.O. y Otro S/Daños y Perjuicios" (Expte. Nº 13539/06 r.C.A), venidos del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 269 C.Pr.), la SALA, dijo
I.- La sentencia de fs. 391/400 hace lugar a la demanda entablada por G.B.D. en representación de su hija menor J.M.C. contra H.O.C., rechaza la demanda interpuesta en representación de su hija D.A.D. y la interpuesta contra F.P.S., con costas. No hace lugar a la extensión de los efectos de la misma contra La Estrella Compañía Argentina de Seguros, con costas a cargo de la citante. Regula los honorarios de los profesionales intervi- nientes
Apelan la actora quien expresa agravios a fs. 541/542, los que son con- testados por la codemandada a fs. 545/555 y la tercera citada a fs. 571/573. Asimismo, apela la codemandada F.P.S. quien expresa agravios a fs. 560/563 siendo contestados los mismos por la parte actora a fs. 565
Que la sentencia recurrida reconoce la misma fundamentación fáctica y jurídica que la dictada en el Expte 13510/06 r.C.A., tal es así que los apelantes transcriben o remiten a los agravios allí expresados, es así que todas las cues- tiones merecen idéntica solución a las ya decididas en dicho expediente, las que hemos de transcribir con las adaptaciones del caso
II.- Recurso de la parte actora: Cuatro son las cuestiones de las que se agravia la recurrente, a saber: 1.) El rechazo de la demanda respecto de F.preso P.S. 2.) En consecuencia el rechazo respecto de la aseguradora citada en garantía. 3.) La imposición de costas y regulación de ho norarios. 4.) El punto 1º de la sentencia en cuanto no incluye los intereses a partir de ese pronunciamiento respecto de la suma que manda a pagar.
Primer agravio: Teniendo en cuenta los agravios de este expediente y los del ya citado, la recurrente expresa el riesgo que importan los pasos a nivel en general y en particular el ubicado en el lugar del accidente sobre una ruta nacional, para ello recrea el escenario del lugar. En particular se agravia de los alcances dados por la aquo al sobreseimiento en sede penal del conductor de la locomotora, para ello analiza los alcances del art. 1103 del Cód. Civil y que dicho conductor no fue demandado, ya que sólo se reclamó a la empresa por su responsabilidad objetiva, que a su entender ha quedado debidamente acredi tada. Para ello analiza la prueba aportada que así lo demuestra, en especial la confesión ficta de F.preso P.S., de todo lo cual surge a su entender una grave responsabilidad de ésta al coadyuvar a generar las condiciones para que se produjera el accidente.
Tal como sostiene la apelada los agravios son insuficientes. Ello es así, por cuanto no...

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