Sentencia Nº 126183 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Año2018
Número de sentencia126183
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SANTA ROSA, 25 de octubre del año dos mil dieciocho.

VISTOS:

Los presentes autos caratulados: "Fiscalía de Estado Provincia de La Pampa contra B.A.L. sobre Demanda Contencioso Administrativa”, Expediente Nº 126.183/17 (en trámite ante la Sala C del STJ); y

CONSIDERANDO:

1°.- A fs. 89 pasan los presentes autos a Despacho a efectos de que el Tribunal resuelva la presentación titulada “Manifiesta– Solicita- Interpone Recurso de Reposición”, respecto de dos cuestiones que emergen del auto de apertura a prueba obrante a fs. 85/85 vta. Mediante la primera responde el requerimiento del Tribunal con relación a la cantidad de testigos ofrecidos y, en segundo lugar, recurre la denegatoria de las periciales médica y psiquiátrica ofrecidas, invocando el art. 44, CPCA.

2°.- Con relación al número de testigos, el Tribunal considera oportuno citar a los primeros cinco (5) de la lista ofrecida a fs. 69, en virtud de que conforme el objeto de la demanda no se advierte justificado un mayor número de declaraciones testimoniales (cfr.: art. 410, CPCC, aplicable por remisión del art. 71, CPCA).

A tal fin, cítese a S.M.P., G.I., A.S.S., D.M.L., D.P., a comparecer a prestar declaración testimonial por ante la Secretaría de la Sala C del Superior Tribunal de Justicia, sito en Pasaje del Superior Tribunal de Justicia n° 70 de esta ciudad, señalándose audiencia para el día 21 de noviembre del corriente año, a las 09:15 hs.; 09:30 hs.; 09:45 hs.; 10:00 hs. y 10:15 hs.; respectivamente. De ser factible, la audiencia será grabada en formato audio visual (cfr.: art. 118, CPCC; art. 71, CPCA; Acuerdo n° 1496, STJ), debiendo la parte notificar a los testigos de conformidad a lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR