Sentencia Nº 120912 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia120912
Año2017
Fecha19 Abril 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SANTA ROSA, 19 de abril de dos mil diecisiete.

VISTOS: Los presentes autos caratulados: “Corredera, S.A. y Otros c/ Provincia de La Pampa –Registro de la Propiedad Inmueble- s/ suspensión del acto administrativo” expediente nº 120912, registro Superior Tribunal de Justicia, Sala C, y:

CONSIDERANDO:
I. Que mediante la presentación de fecha 10 de abril de 2017, la Dra. R.M.A., apoderada de I.P., M.L.C. y S.C., peticiona que se aclare el alcance de la medida cautelar -anotación de litis- dictada a fs. 74/80 por este Superior Tribunal de Justicia sobre la Matrícula II Nº 42931 –Partida 544.414.

Concretamente requiere que “se dicte resolución aclaratoria en el sentido de que la medida cautelar ordenada recae sobre el 50 % del inmueble, Matrícula Sección II 42931, número de entrada 33884 del 11/11/2016 efectuado a nombre de los Sres. E.L.O., Á.G.O. y C.D.O., en tanto lo que se encuentra cuestionado en los autos principales es el asiento registral efectuado a nombre (50 %) de Á.M.O.C. y sus herederos”.

Agrega que “siendo que el restante 50 % del inmueble Partida Nº 544.414, titularidad del Sr. A.C. no se encuentra en discusión alguna, es que peticiono se deje aclarado que la medida cautelar recae solamente sobre el porcentaje del bien cuya inscripción se encuentra impugnada judicialmente” (fs. 83).

II. Traídos los autos a despacho para resolver y en el entendimiento de que la solicitud de aclaratoria efectuada por la actora resulta procedente, aclárese que la medida...

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