Sentencia Nº 11153 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia11153
Año2018
Fecha12 Noviembre 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA y UNO /DOS MIL DIECIOCHO: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los doce días de noviembre de dos mil dieciocho, A.F.O.- Jueza de Audiencia de Juicio-, procedo a dictar sentencia en Expte Nº 111531/1- caratulado: "... s/ Acuerdo de Juicio Abreviado”- relacionado al Expte. Nº 11153- que se sigue a ... - titular del DNI Nº ... , ... años de edad, argentino, nacido en General Acha ( L.P.), el ..., hijo de ..., instruido, ciclo universitario completo (...), domiciliado en calles ..., de la localidad de ... ( L.P.), soltero, ..., de ... años de edad, conviviendo con los dos últimos.

CONSIDERANDO:

Que el 08 de octubre de 2018, se presentó un Acuerdo de Juicio Abreviado firmado por J.B.M. -en representación del Ministerio Público Fiscal-, el acusado --- y el abogado defensor de este último, Federico IBAZETTA -Defensor Oficial-

En el referido acuerdo las partes fijaron el hecho imputado a ... en los siguientes términos: " El 27 de Julio de 2016, en el interior de la vivienda sita en calle..., el imputado .... agredió físicamente a ... de ... de edad, golpeándola con una patada en la zona lumbar a la altura de los riñones, situación que se habría repetido en otros momentos, reprochándole con expresiones ofensiva haber omitido realizar tareas del hogar(tales como sacar andar los perros), o por el bajo rendimiento escolar;a la par que le advertía que dejaría de alimentarla.

Las partes acordaron el encuadre legal del hecho descripto en la figura típica de Lesiones leves agravadas por el vínculo ... (arts. 89 en relación con el 92 y 80 inc. 1 del C.).

Finalmente también acordaron las partes, se condene a ... a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, la que debería ser UNIFICADA con la condena anterior que registra el imputado- Sentencia Nº 117/16 del 30/06/16 dictada por el Juzgado de Control- imponiéndosele en definitiva la PENA ÚNICA de DOS AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL SIN COSTAS, como así el CUMPLIMIENTO DURANTE EL MISMO PLAZO DE LAS REGLAS DE CONDUCTA previstas por el art. 27 bis, incs. 1 y 3 del C. en cuanto a que deberá fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal ( Ley 2831- 2873-), como así abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.

Por Presidencia de Audiencia de Juicio, se declaró admisible formalmente el...

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