Sentencia Nº 105805 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021
Emisor | Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina) |
Estatus | Publicado |
Fecha | 24 Junio 2021 |
Número de sentencia | 105805 |
SENTENCIA NÚMERO NOVENTA Y OCHO / DOS MIL VEINTIUNO
En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los 24 días del mes de junio del año dos mil veintiuno, se constituye el Sr. Juez de Control Dr. C.M.C., a efectos de dictar Sentencia en el Expediente nº 105.805, caratulado: "MPF C/ / (...) S/ HURTO CALIFICADO”, y sus acumulados números 107.972, 100.071, 102.014, 108.588, 109.381, 109.560, 110.547 y 111.538; todos seguidos con relación a (...) ; y
RESULTANDO:
Que mediante presentación rubricada por el Sr. Fiscal Dr. A.E.T., el imputado, el Sr. Defensor Oficial Dr. M.G.O., y la Sra. Asesora de Niñas, Niños y Adolescentes, Dra. G.M., propusieron acuerdo de juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público Fiscal calificó el accionar del nombrado como constitutivo de los delitos de H. calificado por Escalamiento en dos oportunidades - art. 163 inc. 4º del C.P. - (Legajo 105.805); H. calificado por Escalamiento - art. 163 inc. 4º del C.P. – (Legajo 107.972); R.S. - art. 164 C.P. - (Legajo 100.071); Encubrimiento por receptación dolosa - art. 277 inc. 1 apartado c) del C.P. - (Legajo 102.014); Encubrimiento por receptación dolosa - art. 277 inc. 1 apartado c) del C.P. - (Legajo 108.588); R.S. - art. 164 C.P - (Legajo 109.381); R.S. (dos hechos) – art. 164 del C.P. - y Encubrimiento por receptación dolosa - art. 277 inc. 1 aparatado c) del C.P. - (Legajo 109.560); Encubrimiento por receptación dolosa - Art 277 inc 1 apartado c) del C.P. - (Legajo 110.547) y R.S. - art. 164 C.P. - (Legajo 111.538); todos en concurso real entre si (art. 55 del C.P.), imputable en calidad de autor.-
Que en cuanto a la pena, en consideración a la naturaleza del hecho, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, su minoría edad al momento del hecho solicitaron se decrete la Autoría y la Responsabilidad Penal de (...) por los delitos referidos (art. 2 de la Ley 22.278 modificada por Ley 22.803).-
Que surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor y la Asesora de Niñas, Niños y Adolescentes; reconociendo la existencia de los hechos por los cuales se lo enjuicia, asumiendo su responsabilidad, como autor.
CONSIDERANDO:
I.- Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria nº 105.805, se han incorporado los siguientes elementos de prueba, a saber: Acta de Denuncia de (...) ; Acta de Constatación e Inspección Ocular; C. demostrativo del lugar del hecho; Tomas Fotográficas del lugar del hecho y de prendas de vestir del imputado; Acta de Declaración Testimonial de (...) ; Informe del Oficial Inspector C.A.N.; Registro Fílmico de Cámara de Seguridad privada -en CD-; Capturas de pantalla obtenidas de dicho registro fílmico; Acta de Denuncia de (...) ; Informe del Sargento L.A.T.; Acta de Secuestro; Órdenes y Actas de Allanamientos; Acta de Reconocimiento; Acta de Entrega definitiva; Informe cursado por (...) .-
Los referidos elementos de prueba, permiten tener por acreditado el hecho, y recrearlo en los siguientes términos: “Que el día 17 de octubre de 2020, entre las 12:00 y 22:30 horas, ingresó junto a (...) , a los departamentos ubicados en calle (...) primer piso (...) de esta ciudad, previo escalar a través de un medidor de electricidad al balcón de los mismos que se encuentran a 4,10 metros de altura desde la vereda. Una vez arriba del balcón procedieron a abrir las ventanas que comunican al interior e ingresaron al departamento (...) , donde sustrajeron una computadora notebook, marca HEWELETT-PACKARD, color negra.- De la misma manera ingresaron al departamento (...) , donde sustrajeron una computadora tipo notebook marca Lenovo, color gris, con su estuche y cargador, un teléfono celular marca Huawei, sin tarjeta SIM, color negro, un cargador portátil color rosa y un reloj color negro marca Swatch, para luego retirarse del lugar”.
II.- Que en el Expte. nº 107.972, se incorporaron las siguientes evidencias: Acta de denuncia de (...) ; acta de inspección ocular y croquis demostrativo del lugar del hecho con fotografía; ampliación de denuncia de (...) ; secuencias fílmicas; parte de novedad cursado por (...) .
De acuerdo a la prueba recolectada, se le atribuye a (...) el hecho acaecido (...) , consistente en haber sustraído del domicilio der (...) de esta ciudad, entre las 00:30 y las 07:30 hs., del patio trasero de su departamento -al que solo puede accederse a través de un tapial que mide 2 metros de altura- una...
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