Sentecia definitiva Nº 104 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 22-08-2017

Número de sentencia104
Fecha22 Agosto 2017
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 22 de agosto de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones, caratuladas: "BONNEFOI, SANDRO FABIAN (H) S/ QUEJA EN: BONNEFOI, SANDRO FABIAN (H) S/ EJECUCION DE PENA" (Expte. Nº 29379/17-STJ), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
La señora Jueza doctora Adriana C. ZARATIEGUI dijo:
ANTECEDENTES DE LA CAUSA
A fs. 31/32 vta. el Sr. Defensor Penal de Feria de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Dr. Marcos Ciciarello, en su carácter de Defensor Técnico del condenado Sandro Fabian (H) Bonnefoi, interpone recurso de queja contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juez de feria a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 12 de la III Circunscripción Judicial, Dr. Juan Martín Arroyo, cuya copia luce a fs. 27/29, que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto contra el decreto dictado el día 14 de julio de 2017, cuya copia se agrega a fs. 12/14, que rechazó “in limine” la acción de habeas corpus que cuestionaba el traslado del interno Bonnefoi dispuesto por el Servicio Penitenciario Provincial desde el Establecimiento de Ejecución Penal nº 3 de San Carlos de Bariloche al nº 2 de General Roca y luego -desde allí- al Penal nº 5 de Cipolletti, donde actualmente se encuentra alojado (cf. fs. 1/2 vta.), reclamando su retorno a la localidad de origen.
Para así decidir, a fs. 27/29 el Juez de Ejecución Penal de feria reiteró que no es el habeas corpus la vía idónea para plantear las objeciones al traslado del interno, debiendo ser incoada en el marco del proceso de ejecución de sentencia (cf. STJRNS4 Se. 97/15 “PAILLALEF”); agregando que ordenó que se le brinde al interno atención médica y psicológica.
En su presentación de fs. 31/32 vta. la defensa recurrente se agravia por considerar que el traslado ordenado afecta derechos y garantías constitucionales al haber sido dispuesto -a su criterio- de manera injustificada, arbitraria e ilegal, viéndose agravadas las condiciones de detención de Bonnefoi por encontrarse a más de 400 kms. de distancia del lugar de residencia de su entorno familiar.
Enfatiza que con su planteo pretendía un control judicial de legalidad y razonabilidad en los términos de las leyes S 3008 y 24.660, cuestionando que su petición haya sido desechada por un mero rigor formal, máxime puesto que considera que la doctrina invocada por el Juez (“PALLALEF”, ya citado) no resulta aplicable al caso y que el recurso de casación resultaba procedente.
ANÁLISIS Y SOLUCIÓN DEL CASO
Ingresando en el análisis del recurso adelanto que...

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