Sentecia definitiva Nº 102 de Secretaría Penal STJ N2, 16-05-2016

Número de sentencia102
Fecha16 Mayo 2016
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 16 de mayo de 2016.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “C., J.C.E. s/Abuso sexual con acceso carnal s/Casación” (Expte.Nº 27113/14 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 448/463, concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia N° 56, del 6 de mayo de 2015, este Superior Tribunal de Justicia resolvió anular la Sentencia Nº 2/14 de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti -que había absuelto a J.C.E.C. del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, por el beneficio de la duda-, junto con el debate precedente, y ordenó reenviar el expediente al Tribunal de origen para que, con distinta integración, continúe con el trámite y realice un nuevo juicio (art. 441 C.P.P.).
Contra lo decidido, la Defensa deduce recurso extraordinario federal, del que se corre traslado a la Fiscalía General por el término de ley (art. 257 Ley 22434), y esta contesta a fs. 480/485.
2. Que la Defensa refiere cumplir las condiciones formales de admisibilidad del recurso extraordinario federal, menciona los antecedentes de la causa y cita los argumentos del recurso de casación.
Luego desarrolla los fundamentos del remedio intentado, y alega que la sentencia impugnada resulta arbitraria en tanto la absolución era la única solución posible para concluir la causa, de acuerdo con los principios de inocencia e in dubio pro reo.
Añade que la Cámara había realizado un análisis lógico de la prueba y concluido que la conducta enrostrada a C. no estaba suficientemente demostrada para arribar al estado de certeza necesario para imponer condena, no obstante lo cual el Tribunal de Casación, en un exceso de los límites que le caben a su actuación, se constituyó en Tribunal de juicio y vulneró la normativa constitucional y convencional que menciona.
Considera que se ha invertido la lógica jurídica y, en una arbitraria valoración de la prueba, se dio preponderancia a los dichos de la víctima, omitiendo considerar parte de los testimonios, con lo que se han obviado determinadas inconsistencias de la pretensión acusatoria, que sin pruebas requirió una condena grave.
/// En razón de lo anterior, entiende que el fallo recurrido ha vulnerado el derecho de defensa en juicio y las garantías del debido proceso, el juicio objetivo y el juez imparcial, así como los principios de inocencia, progresividad, preclusión, plazo razonable, in dubio pro reo y ne bis in idem.
Introduce la cuestión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR