Sentencia Nº 100812 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021

Fecha28 Octubre 2021
Año2021
Número de sentencia100812
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número Ciento noventa y cuatro /Dos mil veintiuno.-

En la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, a los 28 días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en la causa 100.812, caratulada: "M.P.F. c/C., F.G. s/Estafas"; seguido contra F.G.C.D.2., nacido el 17 de julio de 1978 en Santa Rosa, La Pampa, hijo de M.L.R. y J.C.C., de la que;

Resulta: Que en el mencionado expediente obra acuerdo de Juicio Abreviado, suscripto por el F. General Dr. G.S.; el imputado F.G.C., y su abogada Defensora Dra. S.B.G.; y, el Querellante Particular representado por el Dr. D.M.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a F.G.C. la pena de nueve meses de prisión de ejecución condicional, y dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas en el artículo 27 bis, inciso 1º del código penal, sin costas (artículos 369 y 445, del código procesal penal; y, 40 y 41 del código penal) por resultar autor material y penalmente responsable del delito de estafa en grado de tentativa y estafas como delitos continuado, en los términos de los artículos: 172, 42 y 55 contrario sensu, del código penal. Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por parte del imputado como de su abogado defensor; a su vez, obra acta efectuada en oportunidad de realizarse la audiencia de conocimiento de visu, en la que el imputado reconoció su responsabilidad por el hecho por el que se lo acusó, y;

Considerando: Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria se incorporaron las siguientes evidencias, que fueron ofrecidas por las partes para ser valorados como pruebas, al momento de fundar la sentencia: Documental: a) Copia de la Factura C Nº 00000017 de fecha 08/01/2019 por los Servicios Nº 451475, 453873, 457090, 458434, 460440, 460240, 460416 por la suma de $56565; Factura C Nº 00000026 de fecha 30/04/2019 por los Servicios Nº 6761, 8119, 11027, 11173, 11260, 13782, 14040, 14671, 14873 por la suma de $84430; Factura Nº C00000030 de fecha 30/09/2019 por los Servicios Nº 18309, 23095, 28035, 28264, 28368, 28453, 31596, 31662, 31762, 31948 por la suma de $109700; Factura C Nº 00000034 de fecha 28/03/2020 por los Servicios Nº 48999, 50097, 50646, 50790, 50842, 51043, 53326, 53517, 53571 por la suma de $157000; b) constancias de grabaciones de audios de distintos pedidos de servicio de...

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