Sentecia interlocutoria Nº 10 de Secretaría Civil STJ N1, 27-03-2018

Fecha27 Marzo 2018
Número de sentencia10
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
VIEDMA, 27 de marzo de 2018.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SEGUROS B.R.C.. LTDA. s/Queja en: DIEZ, P.H.c.B.R.C.. LTDA. s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)” (Expte. Nº 29688/18-STJ-), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:
Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche, según resolución obrante en copia a fs. 84/92 de autos.
Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento las constancias acompañadas y lo manifestado por el recurrente; por lo que corresponde tener por conformada la autosuficiencia requerida.
Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 70/77 y vta. de los presentes), se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su admisibilidad formal, surgiendo “prima facie” una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión.
Por...

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