Sentecia definitiva Nº 1 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 06-02-2020

Fecha06 Febrero 2020
Número de sentencia1
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 6 de febrero de 2020.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "ASOCIACION MUTUAL SANCOR S/ QUEJA EN: HUENTECURA VEGA, ESER GABRIEL C/ASOCIACION MUTUAL SANCOR S/INDEMNIZACION POR DESPIDO" (Expte. N° PS2-843-STJ2019 // 30331/19-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El Señor Juez doctor Ricardo A. APCARIAN dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante la sentencia cuya copia obra glosada a fs. 1/5, la Cámara Segunda del Trabajo de la IIIa. Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche rechazó la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta; hizo lugar a la demanda intentada y en consecuencia condenó a la ASOCIACIÓN MUTUAL SANCOR a abonar al actor una suma de dinero en concepto de capital más intereses. Con costas.
Para decidir como lo hizo el Tribunal de grado -por mayoría- sostuvo que quedó en evidencia, no sólo por vía presuncional -art. 23 LCT- sino también mediante prueba directa positiva -testimoniales- que entre ambas partes existió una relación laboral, ya que el actor prestó efectivamente tareas para la demandada como productor-vendedor de su plan de salud, como directa e inmediata consecuencia de un contrato tácito de trabajo. Entendió que existió un acuerdo voluntarista, conforme al cual a cambio de tal acto y/o servicio personal prestado por aquel, ésta debía pagarle una comisión legal cuya prueba no fue rendida.
Consideró que se ajustó a la realidad del momento el proceder extrajudicial del actor, al intimar primero para que aclararan su situación laboral y efectivizar finalmente el apercibimiento respectivo, que fuera luego suficientemente acreditado en sede jurisdiccional, resultando la demandada exclusiva y excluyente responsable del autodistracto.
Ello motivó que la parte demandada interpusiera el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuya denegación dio origen a la presentación de la queja en estudio.
2. Agravios del recurso principal:
En oportunidad de articular el remedio principal, la parte recurrente funda su impugnación en la supuesta arbitrariedad del fallo atacado en tanto -señaló- el Tribunal incurrió en errónea valoración de la prueba testimonial, documental e informativa, rendidas en autos "que para el 1er. votante" constituyen indicios que junto con las presunciones legales indican la certeza de la existencia de relación laboral entre actor y demandado.
Sostuvo que el fallo impugnado es una sentencia dogmática y carente de derivación...

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