Sentecia interlocutoria Nº 1 de Secretaría Civil STJ N1, 06-02-2018

Número de sentencia1
Fecha06 Febrero 2018
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
VIEDMA, 5 de febrero de 2018.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “VIDAL, Adriana Ethel s/Queja en: CARRERA, Nélida c/TRUCO, Pedro s/SUMARIO” (Expte. Nº 29531/17-STJ-), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores Ricardo A. Apcarian, Sergio M. Barotto, Adriana Cecilia Zaratiegui y Liliana Laura Piccinini dijeron:
Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche, según resolución obrante en copia a fs. 93/95 de autos.
Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento las constancias acompañadas y lo manifestado por el recurrente; por lo que corresponde tener por conformada la autosuficiencia requerida.
Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 74/79 y vta. de los presentes), se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su admisibilidad formal, surgiendo “prima facie” una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión. ASI VOTAMOS.
La señora Jueza Subrogante doctora María Luján Ignazi dijo:
Atento a la coincidencia de los votos...

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