Sentecia interlocutoria Nº 1 de Secretaría Civil STJ N1, 21-02-2017

Número de sentencia1
Fecha21 Febrero 2017
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
PROVINCIA: RIO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: CIVIL
INSTANCIA: SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
EXPTE. Nº 28865/16-STJ-
AUTO INTERL. Nº 1
///MA, 21 de febrero de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. s/Queja en: CHIRIOTTI, Marisa Inés y Otro c/HERNANDEZ, Leandro Gustavo y Otros s/ORDINARIO” (Expte. Nº 28865/16-STJ-), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores Sergio M. Barotto, Ricardo A. Apcarian y Enrique J. Mansilla dijeron:
Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca, según resolución obrante en copia a fs. 44/48 y vta. de estos autos.
Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento a las constancias acompañadas y a lo manifestado por el recurrente; por lo que corresponde tener por satisfecha la autosuficiencia requerida para evaluar la pertinencia de la concesión del recurso extraordinario local deducido.
Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 35/40 y vta. de los presentes), se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su admisibilidad formal, surgiendo “prima facie” una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión. ASI VOTAMOS.
Las señoras Juezas doctoras Adriana Cecilia...

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