Sentencia Nº 0 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 03-02-2022
Número de sentencia | 0 |
Fecha | 03 Febrero 2022 |
Materia | A.B.M.Y.A.D. S/ ROBO AGRAVADO (167 INC. 2°) |
Legajo: S-002032/2022-I1 ID Audiencia: #21675 Carátula: A.B.M. Y AUTORES DESCONOCIDO s/ ROBO AGRAVADO (167 INC. 2°) - VICT.: RIVERO LEONARDO ESTEBAN Tipo de audiencia: Audiencia Apelación: Medida Cautelar Fecha: 03/02/2022 Sala: Sala Virtual 80 Centro Judicial: Capital Juez Interviniente: Dra. M.J.S. PARTES INTERVINIENTES: Datos del imputado: Imputado: AYBAR, BRENDA MARISOL D.N.I. N°: 41763505 Domicilio Real: CALLE OLLEROS 850, SAN MIGUEL DE TUCUMÁN Datos de la Defensa: Defensa: Dr. ESCOBEDO, IVAN RAMIRO Datos del Ministerio Público: Unidad Fiscal: Unidad Fiscal De Robos Y Hurtos 1 Aux. Fiscal: Dr. Cano Geronimo Domicilio constituido: Su público despacho Datos de la Víctima: Víctima: RIVERO, LEONARDO ESTEBAN D.N.I. N°: 32461038 Comparece: No Apertura de audiencia 09:32 hs. S.S. realiza introducción a la audiencia y procede a identificar las partes. 09:37 hs.: Defensa, Comienza fundamentación de agravios. Se refiere al hijo de 4 años que tiene la imputada y cita normativa vigente que avala la posibilidad del arresto domiciliario en situaciones como esta, a los fines de hacerse cargo del menor. Por lo tanto se refiere a esta medida como el mero cumplimiento de la medida de coerción y no un privilegio de otorgamiento de una medida de menor intensidad. 09:47 hs.: MPF, manifiesta que no se visualizan agravios sino una mera disconformidad con la sentencia del aquo, y agrega detalladamente las causas en las que esta involucrada la imputada y aclara la existencia de los riesgos procesales. Cita el art 5 y 10 de CP, como jurisprudencia 69/01 del Dr. C. del tribunal de concepción. Entiende que el, recurso no puede ser proclama
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