Sentencia Nº 0 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 07-12-2021

Número de sentencia0
Fecha07 Diciembre 2021
MateriaL.D.D.Y.O. S/ HOMICIDIO.

CAUSA: L.D.D. Y OTROS S/ HOMICIDIO. E.. N° 40183/2020. S.M. de Tucumán, 7 de diciembre de 2021

Y VISTO:
La presente causa radicada en esta Excma.
Cámara Penal Conclusional Sala III, bajo la presidencia del Dr. G.A.S.R. e integrada por los Sres. Vocales, Dr. F.A.F. y Dr. L.F.M.L., con la Secretaría Actuaria a cargo de J.H.B.; con la asistencia del Sr. Auxiliar Fiscal de Cámara Conclusional de la IIIª Nominación, Dr. J.S.J. y la presencia del representante de la Oficina de Asistencia a la V.N.C.; Seguida en contra de D.D.L. y D.S.L., representados por el Dr. J.J.P., titular de la Defensoría Oficial Penal de la I Nominación; R.J.C.A., representado por el Dr. G.M.B. y O.E.d.J.R., representado por la Dra. R.A.N., titular de la Defensoría Oficial Penal de la II Nominación (Artículo 417 inciso 1 del Código Procesal Penal de Tucumán). RESULTA: Que en el día y hora fijados se abrió la audiencia de debate oral, público, continuo y contradictorio, verificándose la presencia de las partes. En dicha oportunidad, antes de declarar abierto el debate, las partes manifestaron que no desean plantear cuestiones preliminares (conforme artículo 392 del Código Procesal Penal). II. DATOS PERSONALES DE LOS IMPUTADOS Según los datos personales brindados en Debate Oral, vienen los imputados en los presentes autos: 1. D.D.L., DNI: 33.763.645; Nacido el 01/07/1988; empleado del SI.PRO.SA.; especialista en construcción; en pareja, con dos hijos, domiciliado en Pasaje Carrone Nº 2053, San Miguel de Tucumán, hijo de O.F.L. y M.L.H.. Tiene estudios secundarios completos. Manifiesta no tener otra causa penal. No consume estupefacientes. Actualmente se encuentra alojado en la Unidad 1 “A” del Servicio Penitenciario. Es tío de E.R.. 2. R.J.C.A., DNI N° 41.495.091; Nacido el 06/10/1992; empleado de la Cooperativa “Haciendo Futuro” como empleado de la construcción; domiciliado en Manzana B, Casa 3, Barrio 128 Viviendas; Hijo de J.A.A. y de E.d.V.M.. Estudios primarios completos (hasta 7 grado). Manifiesta que tenía adicciones a la cocaína y a la marihuana, pero actualmente se encuentra rehabilitado. Agrega que sufre de epilepsia. Manifiesta que A.S.L. es su pareja, D.L. y sus hermanos son sus cuñados y E.R. es sobrino de su pareja. 3. D.S.L., DNI: 38243344; Nacido el 15/06/1993; Ocupación: moza y peluquera; tiene un hijo de 4 años; domiciliada en Paso de los Andes Nº 1270, S.M. de Tucumán; hija de O.F.L. y M.L.H.. Estudios secundarios completos. Sufre de asma. Prisión domiciliaria en la casa de una amiga. No tiene antecedentes penales. 4. O.E.D.J.R., 27 años de edad, DNI N° 39.140.262, Nacido el 23/09/1995 en Garmendia, en pareja, domiciliado en Paso de los Andes Nº 1270, hijo de O.F.L. y de I.d.C.R.. Tiene una hija de 7 años. Estudios primarios completos (hasta 7 grado). Manifiesta que consumía marihuana. Actualmente no consume estupefacientes. Manifiesta ser sobrino de D.L. y D.L.. Manifiesta no tener antecedentes penales. III. HECHO HISTÓRICO OBJETO DE ACUSACIÓN A los fines de cumplimentar con la exigencia del artículo 417, inciso 1º del Código Procesal Penal de Tucumán, se transcribe la relación circunstanciada del hecho, contenida en Requerimientos de Elevación a Juicio de fecha 9 de noviembre de 2020 (por los imputados D.D.L., D.S.L. y R.J.C.A.) y de fecha 29 de junio de 2021 (por O.E.d.J.R.). El hecho intimado en ambas piezas requisitorias, consiste en: “Que en fecha 28 de junio de 2020 entre las 21:00 y 22.30 horas aproximadamente, en circunstancias en que M.I.S. se encontraba en las inmediaciones de Pasaje Carrone al 1900, entre calles M.A. y Paso de Los Andes, San Miguel de Tucumán, se hicieron presentes R.J.C.A., M.J.L., D.S.L.Y.O.E.D.J.R. y previo acuerdo de voluntades y división de tareas, comenzaron una discusión con el mencionado S., y en esa circunstancia, D.S.L. comenzó a arengar e incitar a sus acompañantes para que sacaran cuchillos y arma de fuego, momento en el que, M.J.L., extrajo un arma de fuego larga, la cual no fue habida por esta Instrucción, y con intenciones de provocarle la muerte, disparó tres veces contra la humanidad de M.I.S., impactando dos de dichos disparos en los miembros inferiores de la mencionada víctima, la cual una vez que se encontraba tirada en el piso herida en una clara situación de indefensión, aprovechándose de esa situación, ACUÑA, R.J.C., con un cuchillo de tipo carnicero el cual no fue habido por esta Instrucción, junto a O.E.D.J.R. quien portaba un cuchillo de tipo carnicero de 30 centímetros con un mango de plástico de color blanco, con intenciones de provocarle la muerte, le asestaron a S. puñaladas en distintas partes del cuerpo. En ese momento arriba al lugar del hecho D.D.L. y junto a D.S.L., portando elementos largos tipo palos o fierros, con intenciones de quitarle la vida, golpean con los mismos y con patadas a M.I.S. en distintas partes del cuerpo, quien aún estaba tendido en el piso. Luego de ello, R.J.C.A., junto a sus acompañantes huyeron del lugar del hecho, mientras que M.J.L.Y.O.E.R. lo hicieron a bordo de un automóvil color blanco marca FORD FOCUS llevándose consigo el arma de fuego que utilizaron para agredir a la víctima y dejando en el lugar uno de los cuchillos utilizados para agredir a la víctima. Como consecuencia de las heridas provocadas por RIVAS y por R.J.C.A., D.D.L., M.J.L.Y.D.S.L., M.I.S. es trasladado al Hospital Centro de Salud, quien ingresa al citado Hospital sin vida producto de las numerosas lesiones de arma blanca y arma de fuego provocadas por RIVAS y sus acompañantes.” IV. DECLARACIÓN DE LOS IMPUTADOS Durante el primer día del Debate Oral y Público, y en la oportunidad prevista en el artículo 394 del Código Procesal Penal, se consultó a los imputados si desean hacer uso de su derecho constitucional de declarar. 1. D.D.L. En primer lugar, el imputado contesta que desea prestar declaración. Inicia su testimonio manifestando: “Me levantaba a las 6 de la mañana, entraba al SI.PRO.SA., mi jornada era de 7 a 13 horas. Volvía, comía y llevaba a mis hijos a la escuela, hasta las 18 horas que los buscaba y los traía.” Agrega: “Yo estaba durmiendo ese día. Me levante a las 9 de la noche. Iba camino a la casa de mi mamá y lo encontré a I. tirado y toda la gente gritaba. Eso fue por P.. C., entre Chile y Paso de los Andes. Me paré, lo miré y no sabía que pasaba. Toda la gente estaba loca. Llego a mi casa, le preguntó a mi mamá y estaba en shock. Desde el primer día a la media hora, fue personal de policía a mi casa, los hice pasar y me pusieron preso desde el primer día en que me acusa. Yo nunca he sido prófugo ni tengo nada que ocultar.” Luego, el imputado fue consultado si contestará preguntas, a lo que prestó conformidad. Preguntado si tiene moto, dijo: “Si. Una CG color gris”. Consultado sobre la posición en que se encontraba la víctima cuando llegó al lugar del hecho, dijo: “Él estaba tirado gritando, herido. Cuando yo llegué había mucha gente gritando, ya había pasado todo. Estaba todo el barrio, había muchísima gente. Por eso no pude decir quién fue ni nada de eso, porque no vi nada. Yo dije lo que vi nada más. Cuando llego estaba toda la gente gritando. Lo único que atiné yo es que la veía a mi mama que no podía hablar, ahí la llevé a mi casa a tomar agua. Después me volví a mi casa a estar con mi familia. De ahí llegaron los efectivos de homicidios y los hice pasar, porque no tengo nada que esconder. Nunca tuve nada que esconder.” Indagado si conocía a la persona fallecida, dijo: “Si. Él vivía en el barrio un tiempo, después se fue. Él estuvo preso y se fue del barrio. No sé a dónde se fue a vivir. Iba al barrio cuando iba a tomar a drogarse a molestar. No tenía relación con I.. Era vecino nada más. No vivía en el barrio. Iba de vez en cuando nomás él.” 2. R.J.C.A., a su turno, manifiesta que desea hacer uso de su derecho de abstenerse de prestar declaración. Ante ello se incorpora la declaración prestada en instrucción (cfr. artículo 394, párrafo del Código Procesal Penal). Tal como consta en acta de fecha 29 de junio de 2020, realizada por la Fiscalía de Instrucción Especializada en Homicidios de la II Nominación, el imputado declara: “Niego todo lo que dijeron los testigos, ese día yo iba con IGNACIO ALDERETE de la casa de mi mama e iba a la casa de mi mujer a buscar una campera, resulta que se encontramos con este presunto fallecido, me empuja de la moto, me hace caer y ahí el me quería pegar un cuchillazo, me quería robar la moto, andaba drogado y machado, y mi amigo viene y me defiende y ahí se largan a pelear ellos y el finado le pasó el cuchillo a otro que no logre ver bien quién era y se largo a pelear con mi amigo, con I.A., de ahí pasa el problema, yo lo dejo en la casa a IGNACIO ‘y ahí ya me vengo para la casa de mi mujer yo, y estaba con mi mujer y mi suegra y ahí pasaron unos 20 o 30 minutos y ya venía el finado SALVATIERRA tambaleándose y cae a cuatro casas de la casa de mi mujer y sale toda la gente y ahí nos involucran a nosotros y nosotros nada que ver con esa muerte. Ahí vino mi cuñado y nosotros nada que ver, se llama D.L..” Continúa: “D.L. estaba viendo la tele, acostado en su casa, eso me dijo él, y el salió de su casa y ahí lo involucraron a él.” Agrega: “Yo venía en la moto con mi amigo I.A. a buscar la campera en la casa de mi mujer, me encontré con S. y el me tira de un empujón yo estoy lastimado en la rodilla y los dos codos y ahí el Salvatierra con un cuchillo sierrita me quería pegar a mí, y ahí mi amigo I. lo empuja sino el me iba a matar a mí, y ahí cuando S. empieza a pelear con mi amigo a piñas y ahí los separan los amigos de Salvatierra. Estaban presenciando todo mi viejo J.A.A., mi hermanito de 15 años V.. Cuando dejan de pelear lo llevo a I. a su casa, y yo me voy a mi casa.” Preguntado que distancia hay desde donde sucedió el hecho y la casa de su mujer, manifiesta: “Dos cuadras, yo vivo con mi mujer en esa casa es un pasaje, se llama pasaje C. al 2700. S. se sacó un cuchillo de atrás de la cintura, se...

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