Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 18 de Octubre de 2022

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2022
EmisorCorte Suprema de Justicia
T 321, PS 330/332.
Santa Fe, 18 de octubre del año 2022.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada contra el Acuerdo N° 272 de fecha 28 de octubre del 2021, dictado por la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, en autos "CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR contra D'AQUISTO, G.A. -APREMIO- (EXPTE. 148/2021 -CUIJ 21-02904037-8)" (Expte. C.S.J. CUIJ N° 21-00514492-9); y,
CONSIDERANDO:
Que el recurrente fue notificado de la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad el día 30 de marzo del 2022 (f. 40) y presentó el de queja, ante la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de R. en fecha 4 de abril del 2022 (según cargo 669, obrante a f. 51 v.).
Dicho escrito obtuvo como respuesta "Por recibidos. Ocurra ante quien corresponda" (f. 52), ingresándolo la demandada por Mesa de Entradas de esta Corte en fecha 19 de abril del 2022 (cargo 1344, vide f. 66), es decir, doce días hábiles posteriores a la notificación -por parte de la Cámara- de la denegación del recurso de inconstitucionalidad.
Según surge del relato que antecede el presente recurso ha sido deducido extemporáneamente.
En efecto, el mismo debió ser interpuesto -conforme artículo 8 de la ley 7055- ante este Tribunal y dentro del plazo de tres días (artículo 356 del Código Procesal Civil y Comercial); su formulación ante otro órgano judicial y su ulterior presentación ante esta Corte, no subsana -en principio- dicha exigencia, en tanto este Tribunal tomó conocimiento de él una vez vencido el término de ley para su interposición (A. y S. T. 213, pág. 402; Fallos: 293:438; 306:616).
La mera invocación -sin...

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