Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 12-07-2019
Fecha | 12 Julio 2019 |
Número de expediente | CNE 4526-2019-1-CA1 |
CAUSA: “Recurso de apelación de Alianza Consenso Federal C.F. Lista 504 A Lista 504 B Lista 504 B en autos Alianza Consenso Federal C.F. y otros s/proclamación de candidatos. Elecciones primarias” (EXPTE. N° CNE 4526/2019/1/CA1) CAPITAL FEDERAL ///nos AIRES, 12 de julio de 2019.- Y VISTOS: Los autos “Recurso de apelación de Alianza Consenso Federal C.F. Lista 504 A Lista 504 B Lista 504 B en autos Alianza Consenso Federal C.F. y otros s/proclamación de candidatos. Elecciones primarias” (EXPTE. Nº CNE 4526/2019/1/CA1), venidos del juzgado federal con competencia electoral de Capital Federal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 303/307 contra la resolución de fs. 160/163, obrando la contestación de los agravios a fs. 354/359, el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 362/364 vta., y CONSIDERANDO: 1°) Que a fs. 160/163 la señora juez de grado resuelve, en cuanto aquí interesa, “[r]evocar la decisión de la Junta Electoral de la [a]lianza […] [Consenso Federal, distrito Capital Federal, dispuesta /// Fecha de firma: 12/07/2019 Firmado por: SANTIAGO H. CORCUERA Firmado por: ALBERTO RICARDO DALLA VIA, Firmado(ante mi) por: HERNÁN GONÇALVES FIGUEIREDO, Secretario de Actuación Judicial #33802450#239249490#20190712142525046 /// 2 en] el Acta N° 9[,] [p]unto 2[, y] [e]n consecuencia hacer saber a la Junta Electoral de la citada alianza […] que deberá proclamar la lista 504B ‘Progresistas’” (cf. fs. 163).- Explica la señora magistrado que “de la lectura de las [a]ctas acompañadas […] podría apreciarse que la exigencia y la valoración de la documentación exigida por la [j]unta [e]lectoral […] a las listas ‘504 A y 504 B’ no sería ecuánime, por lo que en el marco descripto precedentemente la situación señalada debe valorarse en forma favorable a la lista ‘504 B -Progresistas-’, a fin de facilitar la participación de las distintas líneas internas” (cf. fs. 162 vta.).- Contra esta decisión Matías Balbuena, apoderado de la lista 504 A “Consenso para el Futuro” de la alianza de autos, apela y expresa agravios a fs. 303/307, los que son contestados a fs. 354/359.- A fs. 362/364 vta. emite dictamen el señor fiscal actuante en la instancia.- 2°) Que la ley 26.571 establece que “[l]as listas de precandidatos se deben presentar ante la junta electoral de cada agrupación hasta (50) días antes de la elección primaria para su oficialización” (artículo 26), debiendo cumplir con las exigencias allí previstas.- Entre ellas, se encuentra la |
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