Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 30-07-2019

Número de expedienteCNE 4095-2019-6-CA4
Fecha30 Julio 2019
CAUSA: “Recurso de apelación
de Frente de Todos en autos
Frente de Todos
s/reconocimiento de alianza
electoral - elecciones
primarias abiertas
simultáneas y obligatorias
P.A.S.O. del 11/08/2019 y
elecciones generales del
27/10/2019” (EXPTE. N° CNE
4095/2019/6/CA4)
CORRIENTES
///nos AIRES, 30 de julio de 2019.-
Y VISTOS: Los autos “Recurso de apelación de
Frente de Todos en autos Frente de Todos
s/reconocimiento de alianza electoral - elecciones
primarias abiertas simultáneas y obligatorias P.A.S.O.
del 11/08/2019 y elecciones generales del 27/10/2019”
(EXPTE. Nº CNE 4095/2019/6/CA4), venidos del juzgado
federal con competencia electoral de Corrientes en
virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a
fs. 7/14 contra la resolución de fs. 4/6 vta., obrando
el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a
fs. 23/24, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 1/3 vta. María Alicia
Meixner y Alberto Sebastián Gallucci, apoderados de la
///
Fecha de firma: 30/07/2019
Firmado por: SANTIAGO H. CORCUERA
Firmado por: ALBERTO RICARDO DALLA VIA,
Firmado(ante mi) por: HERNÁN GONÇALVES FIGUEIREDO, Secretario de Actuación Judicial
#33860036#240273404#20190730090130292
/// 2
lista “Azul y Blanca 11 de Marzo” de la alianza Frente
de Todos del distrito Corrientes, impugnan “la decisión
del Tribunal de validar la notificación” (cf. fs. 1) del
oficio cursado desde la secretaría electoral de Capital
Federal, en el que comunicaba la autorización para que
puedan adherirse las boletas de los precandidatos a
legisladores nacionales por los distritos, a la boleta
de los precandidatos a Presidente y Vicepresidente de la
Nación de la lista Celeste y Blanca de la alianza
homónima del orden nacional. Asimismo cuestionan la
constitucionalidad del decreto 259/19.-
A fs. 4/6 vta. el señor juez federal
subrogante de primera instancia resuelve “[n]o hacer
lugar a las pretensiones de los apoderados de la lista
‘Azul y Blanca 11 de Marzo [501] F’” (cf. fs. 6 vta.).-
Al respecto explica que “no
fundamentan cu[á]les son los recaudos mínimos […] que no
se cumplieron [en el trámite del oficio]” (cf. fs. 5).
Respecto del decreto señala que “[la] lista[] ha[]
participado de todo el proceso […] sin efectuar
cuestionamiento alguno” (cf. fs. 5 vta.).-
A fs. 7/14, los apoderados de la
lista “Azul y Blanca 11 de Marzo” apelan y expresan
agravios.-
A fs. 23/24 emite dictamen el señor
fiscal actuante en la instancia.-
2°) Que ante todo, vale resaltar que
el memorial de fs. 7/14 no reúne los requisitos
...

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