Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 28-03-2019

Número de expedienteCNE 3991-2016-CA1
Fecha28 Marzo 2019
#28557182#230305142#20190328135240119
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
CAUSA: “Unión Cívica Radical
s/infracción arts. 54 y 58
ley de financiamiento de los
partidos políticos –
elecciones 2015 – categorías
de distrito” (Expte. N° CNE
3991/2016/CA1)
CÓRDOBA
///nos Aires, 28 de marzo de 2019.-
Y VISTOS: Los autos “Unión Cívica Radical
s/infracción arts. 54 y 58 ley de financiamiento de los
partidos políticos elecciones 2015 categorías de
distrito” (Expte1. CNE 3991/2016/CA1), venidos del
juzgado federal con competencia electoral de Córdoba en
virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 57
contra la resolución de fs. 50/52, obrando la expresión
de agravios a fs. 62/65, el dictamen del señor fiscal
actuante en la instancia a fs. 73/74, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 50/52 el señor juez
federal con competencia electoral resuelve –en lo que
aquí interesa- imponer al partido Unión Cívica Radical
-distrito Córdoba- tres multas equivalentes al 0,18% y
otras tres del 18% del total de los fondos públicos que
le correspondieren en la próxima distribución del fondo
partidario permanente debido a la “falta de presentación
oportuna del informe previsto en el art[ículo] 54 de la
///
Fecha de firma: 28/03/2019
Firmado por: SANTIAGO H. CORCUERA
Firmado por: ALBERTO RICARDO DALLA VIA,
Firmado(ante mi) por: HERNÁN GONÇALVES FIGUEIREDO, Secretario de Actuación Judicial

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