Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 18-09-2018

Fecha18 Septiembre 2018
Número de expedienteCNE 4799-2015-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Alianza Compromiso Federal
orden nacional s/control de
informe de campaña en elecciones
primarias generales 2015”
(Expte. N° CNE 4799/2015/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 18 de septiembre de 2018.-
Y VISTOS: Los autos “Alianza Compromiso
Federal orden nacional s/control de informe de campaña en
elecciones primarias generales 2015” (Expte. CNE
4799/2015/CA1) venidos del juzgado federal con competencia
electoral de Capital Federal en virtud del recurso de
apelación interpuesto a fs. 353/vta. contra la resolución de
fs. 338/345 vta., obrando la expresión de agravios a fs.
355/359 vta., el dictamen del señor fiscal actuante en la
instancia a fs. 365/366 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 338/345 vta. la
señora juez de primera instancia resuelve, en lo que aquí
interesa, “tener por no aprobadas las rendiciones de cuentas
de campaña de la [a]lianza Compromiso Federal [o]rden
[n]acional, de las elecciones PASO y [g]enerales 2015 -
categorías [p]residencial y [p]arlamentarios del [m]ercosur
[n]acional-” (punto I) y, asimismo, “aplicar la suspensión
cautelar de la entrega de aportes públicos en los términos del
artículo 67 de la [l]ey 26.215 al partido Compromiso Federal
[o]rden [n]acional (producto de la fusión de los partidos Es
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Posible […] y Movimiento Independiente Justicia y Dignidad […]
integrantes de la alianza de marras), hasta tanto el partido
en cuestión se exprese en los términos del artículo 64 de la
citada norma” (punto II).-
A fs. 353/vta. Natalia Flores
Lardet y Wenceslao González Day –apoderados del partido
Compromiso Federal, orden nacional- apelan y a fs. 355/359
vta. Junto con Carlos José Antonio Sergnese expresan
agravios.-
A fs. 365/366 vta. emite dictamen
el señor fiscal actuante en la instancia.-
2º) Que en primer lugar
corresponde señalar que “[e]l régimen patrimonial de los
partidos políticos es uno de los más importantes puntos de su
ordenamiento legal, y sobre el que existe unanimidad de
opiniones en lo que respecta a la necesidad de su
fiscalización por parte del Estado” (cf. Linares Quintana,
Segundo V., “Los partidos políticos instrumentos de gobierno”,
Ed. Alfa, Bs. As., 1945, pág. 263).-
En esa línea, el artículo 38 de la
Constitución Nacional impone expresamente a los partidos
políticos la obligación de rendir cuentas a la Nación,
exigencia derivada del principio republicano de dar publicidad
de los actos de gobierno (cf. Fallos CNE 3010/02; 3230/03;
3240/03; 3257/03; 3336/04; 3382/04; 3383/04; 3402/05; 3403/05;
3417/05; 3449/05; 3494/05; 3609/05; 3655/05; 3680/05; 3692/06;
3700/06; 3703/06; 3725/06; 3783/07; 3824/07; 3982/08; 4266/09;
4338/10 y 4365/10, entre otros).-
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
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3º) Que se ha expresado al
respecto que "[l]a transparencia consagrada en la Constitución
Nacional y en todas las legislaciones modernas habla de la
posibilidad concreta de control y accesibilidad de las cuentas
partidarias, ya que por la presente vía se persigue un
necesario sinceramiento sobre la efectiva participación de los
capitales privados” (cf. Pierini, Alicia y Lorences, Valentín
“Financiamiento de los partidos políticos para una democracia
transparente”, Ed. Universidad, Bs. As., 1999, pág. 146).-
Por lo demás, se explicó que “el
secreto sobre la fuente de los recursos económicos de los
partidos y candidatos y el misterio sobre la utilización de
estos fondos representa un serio reto a los principios
democráticos. En efecto, la falta de publicidad permite que
ingresen recursos de dudosa legitimidad, o incluso ilegales, e
impide al poder público y sobre todo a la ciudadanía un
conocimiento efectivo de quién está detrás de cada partido o
candidato” (Ferreira Rubio, Delia M., "Financiamiento de los
Partidos Políticos", CIEDLA, 1997, pág. 69).-
Se advirtió, en tal sentido, que
"[l]o más grave es que la relación entre los partidos
políticos y el dinero se desarrolle en secreto y al margen del
funcionamiento público y regular de las instituciones,

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