Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 28-07-2015

Fecha28 Julio 2015
Número de expedienteCNE 5193-2015-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Lista 300 A –Campana- en
Aza. Cambiemos Buenos Aires -
s/elecciones primarias solicita
adhesión de cuerpos de boletas”
(Expte. N° CNE 5193/2015/CA1)
BUENOS AIRES
///nos Aires, 28 de julio de 2015.-
Y VISTOS: Los autos “Lista 300 A –Campana-
en Aza. Cambiemos Buenos Aires - s/elecciones primarias -
solicita adhesión de cuerpos de boletas” (Expte. N° CNE
5193/2015/CA1), venidos del juzgado federal con competencia
electoral de Buenos Aires en virtud del recurso de apelación
interpuesto y fundado a fs. 114/121 contra la resolución de
fs. 110/112, obrando el dictamen del señor fiscal actuante en
la instancia a fs. 132/133, y
CONSIDERANDO:
1°) Que contra lo resuelto por el
señor juez federal subrogante (cf. fs. 110/112), en cuanto no
hace lugar a lo peticionado por Rosa Nélida Funes –apoderada
de la lista 300 A de la alianza Cambiemos en el municipio de
Campana- a fin de que se le “reconozca la autorización
automática a adherir a las boletas de la lista nacional
encabezada por Mauricio Macri […] y [Elisa] Carrió” (cf. fs.
64), aquélla apela y expresa agravios a fs. 114/121.-

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