Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 04-04-2017

Fecha04 Abril 2017
Número de expedienteCNE 7920-2015-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Escudero, Pablo Andrés
s/inhabilitación (art. 3 CEN)”
(Expte. Nº CNE 7920/2015/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 4 de abril de 2017.-
Y VISTOS: Los autos “Escudero, Pablo Andrés
s/inhabilitación (art. 3 CEN)” (Expte. CNE 7920/2015/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de la
Capital Federal, en virtud del recurso de apelación deducido y
fundado a fs. 15/18 contra la resolución de fs. 13/14, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 15/18, el
representante del Ministerio Público Fiscal actuante ante el
juzgado federal con competencia electoral de la Capital
Federal apela la sentencia de fs. 13/14, en cuanto rechaza el
planteo de inconstitucionalidad de la norma en la que se fundó
para declarar -por razón de condena penal- la inhabilitación
electoral del ciudadano de autos (cf. artículo 3°, inc. “e”
del Código Electoral Nacional).-
2º) Que la cuestión planteada en
el caso es sustancialmente análoga a la tratada mediante
sentencia del 24 de mayo de 2016 in re “Procuración
Penitenciaria de la Nación y otro c/Estado Nacional
Ministerio del Interior y Transporte s/amparo – Acción de
Amparo Colectivo (Inconstitucionalidad arts. 12 y 19 inc.
C.P. y 3º inc. `e´, `f´ y `g´ C.E.N.)” (Expte. Nº CNE
3451/2014/CA1), que declaró la inconstitucionalidad de los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR