Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 11-10-2017

Número de expedienteCNE 7532-2017-1-CA1
Fecha11 Octubre 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Recurso de apelación de
Partido Intransigente en autos
Junta Electoral Nacional
distrito Mendoza y otros
s/elecciones generales – 22 de
octubre de 2017” (Expte. CNE
7532/2017/1/CA1)
MENDOZA
///nos Aires, 11 de octubre de 2017.-
Y VISTOS: Los autos “Recurso de apelación
de Partido Intransigente en autos Junta Electoral Nacional
distrito Mendoza y otros s/elecciones generales – 22 de
octubre de 2017” (Expte. CNE 7532/2017/1/CA1), venidos de
la Junta Electoral Nacional de Mendoza en virtud del recurso
de apelación interpuesto y fundado a fs. 24/29 contra el acta
N°3 de fs. 13/16, obrando la contestación de los agravios a
fs. 34/35, el dictamen del señor fiscal electoral actuante en
la instancia a fs. 42/44 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 13/16 la Junta
Electoral Nacional del distrito Mendoza mediante acta 3
resuelve –en lo que aquí interesa- “[h]acer lugar a la
impugnación efectuada por la apoderada de la alianza
‘Cambiemos’ en contra de la inclusión de la palabra
‘Protectora’ en las boletas del Partido Intransigente” (cf.
fs. 15).-

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